SAP Murcia 162/2007, 31 de Octubre de 2007

PonenteFRANCISCO CARRILLO VINADER
ECLIES:APMU:2007:2302
Número de Recurso155/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución162/2007
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00162/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCIÓN 001

SENTENCIA NÚM. 162/2007.

ILMOS. SRES.

D. ANDRÉS PACHECO GUEVARA

PRESIDENTE

D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER

D. ÁLVARO CASTAÑO PENALVA

MAGISTRADOS

En la ciudad de Murcia, a treinta y uno de octubre de dos mil siete.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el Juicio Rápido que por delito de hurto se ha seguido en el Juzgado de lo Penal número Cinco de Murcia con el nº 81/07, y antes en el Juzgado de Instrucción número Tres de Murcia como Diligencias Urgentes número 171/07 contra Eduardo, habiendo sido partes en esta alzada el Ministerio Fiscal que actúa como apelado, así como la acusada que lo hace como apelante, representada por el Procurador Sr. Conesa Fontes y defendida por el Letrado Sr. Andújar Camacho, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal dictó en las referidas Diligencias sentencia con fecha 17 de julio de 2007 sentando como hechos probados lo siguiente: "Que sobre las 10'30 horas del día 12 de junio de 2007, la acusada, Eduardo, mayor de edad y ejecutoriamente condenada en sentencia firme el 14 de octubre de 2006 por un delito de hurto en grado de tentativa, en compañía de al menos otras dos personas, puestos de común acuerdo y movidos por ánimo de obtener lucro ilícito, se introdujeron en la sucursal del Banco de Santander Central Hispano sita en calle Mayor nº 56 de El Palmar (Murcia), donde escenificaron un plan preconcebido de distracción de los empleados, y mientras Eduardo solicitaba la presencia del empleado de caja de la entidad en la máquina de actualización de cartillas de ahorros, con el pretexto de que se había atascado su tarjeta de crédito, otro de los partícipes saltaba sobre el mostrador y a través de la ventanilla se apoderaba del dinero de la caja para operaciones corrientes, por importe de 4.650 euros, abandonando rápidamente la entidad con su botín, que no ha sido recuperado. Igualmente, el día 26 de junio de 2007, sobre las 12'50 horas, en la sucursal del Banco de Santander Central Hispano de Alcantarilla, Murcia, Eduardo, en compañía al menos de otras cinco personas, puestos de común acuerdo y movidos por ánimo de obtener lucro ilícito, escenificaron un plan preconcebido semejante al antes expuesto, en el que la acusada consiguió distraer la atención del cajero y que éste se desplazara hasta el actualizador de tarjetas, para que otro partícipe se apoderase del dinero existente en la caja, por importe de 4.350 euros, que no ha sido recuperado".

SEGUNDO

Estimando el Juzgador recurrido que los referidos hechos probados eran constitutivos de delito, dictó el siguiente "FALLO: que debo condenar y condeno a la acusada Eduardo como autora penalmente responsable de un delito continuado de hurto, ya definido, con la concurrencia de la agravante de reincidencia, a la pena de dieciocho meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al pago de costas del...

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