SAP Madrid 527/2007, 23 de Noviembre de 2007

PonenteOLATZ AIZPURUA BIURRARENA
ECLIES:APM:2007:17159
Número de Recurso5/2004
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución527/2007
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MADRID

SENTENCIA: 00527/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 1ª

ROLLO PENAL Nº 5-04

PROCEDENTE DE JUZGADO DE INSTRUCCIÓN 4 MOSTOLES

PROCEDIMIENTO ABREVIADO 422-02

SENTENCIA Nº 527/2007

PRESIDENTE

Dª OLATZ AIZPURUA BIURRARENA

MAGISTRADAS

Dª CONSUELO ROMERA VAQUERO

Dª MARIA CRUZ ALVARO LOPEZ

En Madrid a 23 de noviembre de 2.007

Vista en Juicio oral y público ante la Sección Primera de esta Audiencia Provincial la presente causa 5-04 seguida por los trámites de procedimiento abreviado ante el Juzgado de Instrucción nº 10 de los de Móstoles por delito de estafa y robo contra Bartolomé nacido en Madrid el 29.01.62 con DNI NUM000, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa; y contra Lidia nacida en Ciudad Real el 14.10.69 con DNI NUM001 sin antecedentes penales en libertad provisional por esta causa.

Es parte acusadora el Ministerio Fiscal y ejercitando la acusación particular Lidia.

Expone el parecer de la Sala como ponente Dª OLATZ AIZPURUA BIURRARENA.

ANTECEDENTES
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos de autos como constitutivos de un delito de estafa previsto y penado en los artículos 248, 249, 250 del Código Penal, estimando como responsables del mismo en concepto de autores a Lidia y a Bartolomé y pidió que se les impusiera la pena de dos años de prisión, accesorias, costas y que indemnicen a Lidia en 91.975,50 euros.

La acusación particular en igual trámite calificó los hechos como constitutivos de un delito de estafa del que serían autores los dos acusados y de un delito de robo del que sería autor Bartolomé ; pidió que se les impusiera por el delito de estafa la pena de seis años de prisión y multa de doce meses, por el delito de robo la pena del art. 242.

SEGUNDO

Las defensas de los acusados en igual trámite alegaron que procedía la libre absolución de sus defendidos.

PRIMERO

El sábado 2 de marzo de 2002 Lidia en connivencia con su esposo Bartolomé, acudió a última hora de la mañana, escasos minutos antes de que se cerrase la conexión con el organismo Loterías y Apuestas del Estado, a la Administración de Apuestas del Estado sita en la Avda. 2 de mayo de Móstoles de la que es titular Maite, a fin de sellar apuestas deportivas por importe de 91.975,50 euros. Una vez cumplido el tiempo de validación, la empleada del establecimiento Rebeca, que era la que había sellado los boletos, le pidió ala acusada que le abonara el importe de las apuestas; ella le dijo que no tenía dinero pero que le dejaba un cheque por ese importe y que no era necesario que lo llevara el lunes al banco, porque su marido iría a pagar en efectivo.

El lunes 4 de marzo a las 8 de la mañana Rebeca acudió al banco donde le confirmaron que el cheque carecía de fondos; una empleada del banco se quedó con una copia del cheque. Posteriormente hacia la 14 horras de ese día el acusado Bartolomé se personó en la Administración de Loterías anunciando que iba a pagar el cheque, la empleada le dejó pasar al interior del blindaje, una vez allí el acusado solicitó el cheque, alegando que quería ver el importe exacto; la empleada le indicó que solamente se lo entregaría previa entrega del dinero, entonces con un rápido movimiento, el acusado le arrebató el cheque.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

MOTIVACIÓN FÁCTICA. Los hechos descritos en el apartado anterior vienen acreditados por las siguientes pruebas: en cuanto a lo ocurrido el sábado día 2 en la administración de apuestas, tanto la acusada como la empleada y los testigos que allí se hallaban reconocen que la acusada llegó tarde, a escasos minutos de cerrarse la conexión con el organismo de apuestas. Asimismo reconocen las apuestas que se sellaron y el importe de las mismas. Y asimismo que la acusada una vez selladas todas dijo que no tenía dinero y ofreció un cheque por...

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