Sentencia nº 264/2008 de AP Girona, Sección 3ª, 1 de Abril de 2008
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Resumen
DELITO DE LESIONES. ATENUANTES. Se señala que el consumo de sustancias estupefacientes, aunque sea habitual, no permite la aplicación de una atenuación, no se puede, pues, solicitar la modificación de la responsabilidad criminal por el simple habito de consumo de drogas ni basta con ser drogadicto en una u otra escala, de uno u otro orden para pretender la aplicación de circunstancias atenuantes. En primera instancia se condena al acusado. Se desestima el recurso de apelación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal
Extracto
Sentencia nº 264/2008 de AP Girona, Sección 3ª, 1 de Abril de 2008
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN TERCERA (PENAL)GIRONAROLLO DE APELACIÓN Nº 190/08PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 306/07JUZGADO PENAL Nº 3 DE GIRONASENTENCIA Nº 264/08 Ilmos. Sres:PRESIDENTE:Dª FÁTIMA RAMÍREZ SOUTOMAGISTRADOS:D. JOSE ANTONIO SORIA CASAOD. MANUEL JAÉN VALLEJOGirona a uno de abril de dos mil ocho.VISTO ante esta Sala el presente recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 5/02/08, porSr. Juez del Juzgado Penal nº 3 de Girona, en la Causa nº 306/07, seguidas por delito de Lesiones habiendo sido parterecurrente D. Adolfo defendido por el Letrado D. Daniel Lladós y representado por la Procuradora Dª. Irene Cantó Batallé ycomo parte apelada el MINISTERIO FISCAL, actuando como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE ANTONIO SORIA CASAO.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO: En la indicada sentencia se dictó el Fallo que copiado literalmente es como sigue: "1º) Condeno a Adolfo como auto...Ver el contenido completo de este documento
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