SAP Alicante 356/2006, 30 de Mayo de 2006
Ponente | ALBERTO FRANCISCO FACORRO ALONSO |
ECLI | ES:APA:2006:1307 |
Número de Recurso | 45/2006 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 356/2006 |
Fecha de Resolución | 30 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 1ª |
Juzgado de lo Penal nº 1 de Alicante (J.O. nº 267/04 )
Procedimiento Abreviado nº 34/04 (Instrucción nº 3 de San Vicente del Raspeig )
Rollo de Apelación nº 45/06
SENTENCIA Núm. 356
Iltmos. Sres.:
D. VICENTE MAGRO SERVET
D. ALBERTO FACORRO ALONSO
D. JOSÉ ANTONIO DURÁ CARRILLO
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En la Ciudad de Alicante a Treinta de mayo de dos mil Seis.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de ALICANTE, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia nº 114, de fecha 25 de Abril de 2005, pronunciada por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de lo Penal nº 1 de Alicante en el Procedimiento Abreviadonº 34/04 del Juzgado de Instrucción nº 3 de San Vicente del Raspeig por delito Contra la Ordenación del Territorio, habiendo actuado como parte apelante Antonio, representado por la Procuradora Dña. Mª. Teresa Ripoll Moncho y defendido por el Letrado D. Fidel García Vicente y como parte apelada El Ministerio Fiscal.
Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: "En aras a la brevedad se dan por reproducidos los Hechos Probados de la sentencia de instancia. ".
El FALLO de dicha sentencia recurrida literalmente dice: "Condeno al acusado Antonio como autor penalmente responsable de un delito contra la ordenación del territorio, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión, accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de doce meses a razón de una cuota diaria de seis euros, con la advertencia de que de no ser satisfechas, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de privación de un día de libertad por cada dos cuotas impagadas, y al pago de las costas del juicio.
Comuníquese la presente resolución a la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, para su conocimiento y efectos que procedan en el expediente incoado.".
Contra dicha sentencia, se formalizó ante el Organismo decisor por la citada representación procesal de Antonio el presente recurso.
Del escrito de formalización del recurso de apelación se dio traslado a las demás partes y cumplido este trámite fueron elevados los autos originales con los escritos presentados a este Tribunal de Apelación el 25 de marzo de 2006, y una vez examinados se señaló para la deliberación y votación de la sentencia el día 26 de mayo de 2006.
En la sustanciación de ambas instancias del presente proceso se han observado todas las prescripciones legales procedentes.
VISTO, siendo Ponente El Iltmo. Sr. Magistrado D. ALBERTO FACORRO ALONSO.
SE ACEPTA el Antecedente de HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada.
La garantía material del principio de legalidad comporta, como dice la STC de 4 de junio de 2001 el mandato de taxatividad o certeza, que se traduce en la exigencia de predeterminación normativa de las conductas punibles y de sus correspondientes sanciones (lex certa). Esta exigencia tiene implicaciones no solo para el legislador, sino también para los órganos...
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