SAP Madrid 320/2008, 14 de Abril de 2008
Ponente | MANUELA CARMENA CASTRILLO |
ECLI | ES:APM:2008:4250 |
Número de Recurso | 57/2006 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 320/2008 |
Fecha de Resolución | 14 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION 17ª
MADRID
ROLLO GENERAL : 57/06 PA
PROCEDIMIENTO : ABREVIADO 1357/06
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 41 MADRID
MAGISTRADOS:
DÑA. MANUELA CARMENA CASTRILLO
DÑA. MARIA JESUS CORONADO BUITRAGO
D. JOSE LUIS SÁNCHEZ TRUJILLANO.
La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa de referencia, ha dictado,
EN NOMBRE DE SU MAJESTAD, EL REY,
la siguiente
SENTENCIA Nº 320/08
En Madrid, a catorce de abril de dos mil ocho.
VISTA en Juicio Oral y público ante la Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, el rollo arriba referenciado, procedente del Juzgado de Instrucción nº de los de Madrid, seguida por un delito contra la salud pública contra Silvio, nacido en Pereira (Colombia), el día 16 de marzo de 1972 (hoy 36 años), hijo de Carlos y de Miriam, con domicilio en la localidad madrileña de Alcorcón c/ DIRECCION000 nº NUM000 - NUM001 y con N.I.E. nº NUM002, habiendo sido partes, el Ministerio Fiscal, dicho acusado, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Mercedes Espallargas Carbo. Siendo Ponente la Ilma. Sra. doña MANUELA CARMENA CASTRILLO, quien expresa el parecer del Tribunal.
ANTECEDENTES DE HECHO
El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones provisionales calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito contra la salud pública de sustancia que causa grave daño a la salud del artículo 368 del Código Penal y reputando como responsable del mismo al acusado Silvio, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitó la imposición de la pena de prisión de tres años y multa de mil setecientos euros con la responsabilidad personal subsidiaria de ciento cuarenta días, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.
La representación del acusado solicitó la libre absolución de su patrocinado.
En el acto del Juicio Oral, tanto el Ministerio Fiscal como la Defensa del acusado elevaron a definitivas sus conclusiones provisionales.
El día 31 de julio de 2006 agentes de la Policía Municipal pararon en la Glorieta de López de Hoyos de Madrid la motocicleta que conducía Silvio ya que los agentes efectuaban un control para prevenir determinados robos de bolsos de personas mayores que se estaban produciendo en la zona.
Los agentes de la Policía Municipal observaron que Silvio al recibir la orden de que parase presentaba un nerviosismo sospechoso. Por este motivo registraron el cajetín de la motocicleta y al no encontrar nada ilegal le preguntaron que si efectivamente llevaba algo, momento en el cual Silvio sacó una bolsa con una sustancia blanca que él mismo reconoció que era cocaína. Los agentes le preguntaron si llevaba alguna una cantidad más de cocaína y Silvio sacó cinco bolsas pequeñas que llevaba en la camisa.
La primera bolsa intervenida contenía 9.607 miligramos de cocaína con una riqueza del 24,3%. Las otras cinco bolsitas contenían respectivamente 838 mg., 924 mg., 248 mg. y 867 mg. con una riqueza del 24,7% y 901 mg. con una riqueza del 23,9%.
Silvio nació en Pereira (Colombia) y en la actualidad ostenta la nacionalidad española con documento nacional en identidad nº NUM003. En la actualidad trabaja en la empresa Suárez Martínez como conductor. En el momento de los hechos trabajaba de mensajero en otra empresa acreditando trabajo de manera permanente en diversas empresas identificadas con números patronales, nóminas, contratos, etc..
El mismo reconocido por la clínica médico forense de esta Audiencia Provincial fue diagnosticado como protagonista de una historia compatible con un consumo de cocaína sin criterios de dependencia ni de abuso. Se hizo constar por el doctor forense que le reconoció que "la mucosa nasal presenta una zona de...
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