SAP Alicante 150/2008, 28 de Febrero de 2008

PonenteFAUSTINO DE URQUIA GOMEZ
ECLIES:APA:2008:516
Número de Recurso51/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución150/2008
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

ALICANTE

JUZGADO DE LO PENAL Nº 7 DE ALICANTE

JUICIO ORAL 594/06

P.A. 80/06 Elda 1

ROLLO DE APELACIÓN Nº 51/08

SENTENCIA DE APELACIÓN Nº 150/08

Iltmos. Sres.:

D. Faustino de Urquía y Gómez

D. Julio José Úbeda de los Cobos

D. Fco Javier Guirau Zapata

En Alicante a 28 DE FEBRERO DE 2008

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 22 DE OCTUBRE DE 2007, pronunciada por el Juzgado de lo Penal nº 7 de Alicante en Juicio Oral 594/06, correspondiente al Procedimiento Abreviado nº 80/06 del Juzgado de Instrucc. nº 1 de Elda, por delito de DENUNCIA FALSA Y ESTAFA, habiendo actuado como parte apelante Luis Antonio y como parte apelada EL MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son Hechos Probados de la Sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: "El acusado, Luis Antonio, mayor de edad y sin antecedentes penales, el día 17 de marzo de 2006, se personó en las dependencias de la Comisaría de Policía de Elda-Petrel donde puso en conocimiento de la citada autoridad, la cual extendió la correspondiente denuncia, la sustracción de 300 €, mediante el procedimiento de robo con intimidación al haber sido abordado por dos individuos, amenazándole uno con una navaja y obligándole a entregarle el dinero que llevaba. Dichos hechos son falsos, actuando el acusado a sabiendas de la falsedad de los mismos, dado que lo único que pretendía era justificarse ante la empresa para la que trabaja y a la que pertenece el dinero, al haber perdido el mismo para que el seguro de la misma se hiciera cargo de reponer el dinero".; HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN.

SEGUNDO

El fallo de dicha Sentencia recurrida literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a Luis Antonio como autor de un delito de DENUNCIA FALSA, a la pena de 10 MESES DE MULTA A RAZÓN DE UNA CUOTA DIARIA DE 10 EUROS (3.000€) y como autor de una falta de ESTAFA en grado de tentativa a la pena de UN MES DE MULTA A RAZÓN DE UNA CUOTA DIARIA DE 4 € (120€). Costas, según fundamento de derecho cuarto. Llévese certificación de la presente a los autos principales y archívese el original.

Una vez firme la sentencia y al hacerse el requerimiento de pago de la multa adviértase detalladamente al penado de la responsabilidad personal subsidiaria en que puede incurrir en caso de impago, conforme a lo establecido en el art. 53.1 del CP de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, con un máximo de TRES MESES de prisión o privación de libertad".

TERCERO

Contra dicha Sentencia, en tiempo y forma y por Luis Antonio, se interpuso el presente recurso alegando: error en la valoración de la prueba pues la denuncia interpuesta atribuyendo la sustracción del dinero de la recaudación por un atraco de unos supuestos individuos fue por miedo a perder el puesto de trabajo, por lo que considera...

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