Recurso nº 438/2005, Ponente MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS
Sentencia nº 61/2006
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http://audiencias.vlex.es/vid/desahucio-23892605
Id. vLex: VLEX-23892605
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ARRENDAMIENTO. DESAHUCIO. Pues bien, en cuanto a la renta del mes de marzo, consta que esta ya había sido abonada por el arrendatario antes de haberse interpuesto la presente demanda. Concretamente lo fue el día 11 de ese mismo mes de marzo, como incluso lo viene a reconocer en la propia actora al final del hecho quinto de su demanda. La expresión por ""meses adelantados"" contenida en el contrato de arrendamiento y el redactado del posterior pacto aclaratorio suscrito entre las partes en el que se decía, ""el abono de la renta mensual ... se hará durante los primeros días naturales de cada mes..."" interpretados rectamente no pueden significar otra cosa sino que el ingreso realizado por el arrendatario en los primeros días del mes en curso se corresponde con el pago adelantado de ese mismo mes, pero no con el del mes siguiente, pues de ser así, se estaría exigiendo el pago anticipado de dos mensualidades, obligación que no esta en el contrato de arrendamiento ni tampoco en el pacto aclaratorio firmado posteriormente. Se estima en parte la apelación.

Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
Demandado
Demandante
Obligaciones
Contratos
Eficacia del contrato
Ineficacia del contrato
Resolución del contrato
Obligaciones
Contratos
Arrendamientos
Arrendamientos urbanos
Cuestiones procesales
Juicio de desahucio, Procedimiento adecuado
Obligaciones
Contratos
Arrendamientos
Arrendamientos urbanos
Sentencia nº 61/2006 de Audiencia Provincial - Valladolid, Seccion 3ª, de 23 de Febrero 2006
JOSE JAIME SANZ CIDFRANCISCO SALINERO ROMANMIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3VALLADOLIDSENTENCIA: 00061/2006Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000438 /2005 SENTENCIA Nº 61Ilmos. Sres. Magistrados: D. JOSE JAIME SANZ CID D. FRANCISCO SALINERO ROMAN D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS En VALLADOLID, a veintitrés de Febrero de dos mil seis. VISTO en grado de apelación ante esta Sección 3ª de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de VERBAL DESAHUCIO FALTA PAGO 257/2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 9 de VALLADOLID , a los que ha correspondido el ...Pruebe GRATIS vLex durante 3 días
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