Sentencia de Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 5ª nº 210/2007, de 08 de Mayo 2007
Recurso nº 447/2006, Ponente JULIO TASENDE CALVO
Sentencia nº 210/2007
Recurso nº 447/2006, Ponente JULIO TASENDE CALVO
Sentencia nº 210/2007
Resumen
ARRENDAMIENTO RÚSTICO. DESAHUCIO. ENERVACIÓN. NORMATIVA APLICABLE: En cuanto a la posibilidad de ejercitar la facultad de enervar la acción de desahucio antes de la reforma introducida por la Ley 26/2005, debemos seguir el criterio ya mantenido por esta Sala, que excluía dicha posibilidad por falta de previsión legal, considerando que el art. 22.4 de la LEC, en relación con los arts. 439.3 y 440.3 de la misma Ley, sólo prevé el derecho de enervar la acción en los procesos de desahucio de finca urbana, habiendo derogado expresamente la LEC de 2000, en su disposición derogatoria única, entre otros, el art. 128 de la LAR de 1980, que preveía dicha facultad de enervación en los juicios de desahucio de finca rústica. Se desestima la demanda. Se estima la apelación.
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Extracto
Sentencia nº 210/2007 de Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 5ª, de 08 de Mayo 2007
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
LA CORUÑA/A CORUÑASENTENCIA: 00210/2007 AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA/A CORUÑASección 0051280ARÚA CAPITÁN JUAN VARELA S/NTfno.: 981 18 20 99/98 Fax: 981 18 20 97N.I.G. 15030 37 1 2006 0001382Rollo: 447/06Proc. Origen: DESAHUCIO 0000302 /2005Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de NEGREIRADeliberación el día: 2 de mayo de 2007N Ú M E R O 210/07Ilmos. Sres. Magistrados:MANUEL CONDE NUÑEZJULIO TASENDE CALVOMARIA DEL CARMEN MARTELO PÉREZS E N T E N...Ver el contenido completo de este documento
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