SAP Toledo 88/2007, 26 de Febrero de 2007
Ponente | RAFAEL CANCER LOMA |
ECLI | ES:APTO:2007:267 |
Número de Recurso | 177/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 88/2007 |
Fecha de Resolución | 26 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Toledo, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
TOLEDO
SENTENCIA: 00088/2007
Rollo Núm. 177/06
Juzg. 1ª Inst. Núm. 2 de Talavera de la Reina
J. Ejecución de Títulos No Judiciales Núm. 226/05
SENTENCIA NÚM. 88
AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO
SECCION SEGUNDA
Ilmo. Sr. Presidente:
D. JUAN MANUEL DE LA CRUZ MORA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. RAFAEL CANCER LOMA
D. ALFONSO CARRIÓN MATAMOROS
En la Ciudad de Toledo, a veintiséis de febrero de dos mil siete.
Esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que se expresan en el margen, ha pronunciado, en NOMBRE DEL REY, la siguiente,
SENTENCIA
Visto el presente recurso de apelación civil, Rollo de la Sección núm. 177/06, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 2 de Talavera de la Reina, en el juicio de Ejecución de Títulos No Judiciales núm. 226/05, en el que han actuado, como apelante la entidad BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A., representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Vaquero Delgado y defendido por el Letrado Sr. De Castro; y como apelado D. Juan Manuel, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. López Blanco y defendido por la Letrada Sra. Sastre Martínez.
Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL CANCER LOMA, que expresa el parecer de la Sección, y son,
Por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 2 de Talavera de la Reina, con fecha 6 de febrero de 2006, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que estimando íntegramente la impugnación de la tasación de costas practicada por el Sr. Secretario Judicial de este Juzgado debo declarar y declaro indebidas las partidas incluidas en la minuta de suplidos del Procurador Sr. Andrés bajo los epígrafes "Tasa Judicial" y "Autoliquidación y Registro de Mandamiento Anotación" así como la partida incluida en la minuta de derechos del referido Procurador bajo el epígrafe "Mandamiento de Anotación", acordando que sean excluidas de la tasación impugnada y que se reduzca el importe de ésta a la cantidad de 2.797,76 euros.
Que estimando íntegramente la impugnación de la liquidación de intereses practicada por la entidad ejecutante en el presente procedimiento, BANCO POPULAR ESPAÑOL, debo reducir la misma a la cantidad de 265,38 euros.
Se imponen las costas del presente incidente a la parte impugnada y ejecutante, BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A.".
Contra la anterior resolución y por la representación procesal de la entidad BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A., dentro del término establecido, tras anunciar la interposición del recurso y tenerse por interpuesto, se articularon por escrito los concretos motivos del recurso de apelación, que fueron contestados de igual forma por los demás intervinientes, con lo que se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se...
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