Sentencia nº 260/2000 de AP Huesca, 23 de Octubre de 2000

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Resumen


DIVORCIO. CONVENIO REGULADOR. Se aprecia que no ha existido una variación sustancial de las circunstancias que fueron tenidas en cuenta al momento de aprobarse el convenio regulador. Debe dar lugar a que la pensión alimenticia vuelva a fijarse en la cantidad originalmente pactada con aplicación de las previsiones actualizadoras contempladas en el propio convenio regulador. Se estima parcialmente la demanda. Se acepta en parte el recurso de apelación.

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Extracto


Sentencia nº 260/2000 de AP Huesca, 23 de Octubre de 2000

Sentencia Apelación Civil Número 260

PRESIDENTE *

D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA *

MAGISTRADOS *

D. ANTONIO ANGOS ULLATE *

D. J. TOMÁS GARCÍA CASTILLO *

*

En la Ciudad de Huesca, a veintitrés de octubre del año dos mil.

Vistos en nombre del Rey por esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Monzón como proceso de divorcio, registrados al número 198/99.B y promovidos por Lina como demandante contra Rodrigo como demandado y reconviniente, que se hallan pendientes ante esta Audiencia Provincial en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 5 del año 2.000 e interpue...

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