SAP Barcelona 152/2006, 1 de Marzo de 2006

PonenteMARIA DOLORES VIÑAS MAESTRE
ECLIES:APB:2006:2631
Número de Recurso527/2005
Número de Resolución152/2006
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

MARGARITA BLASA NOBLEJAS NEGRILLO MARIA DOLORES VIÑAS MAESTRE ANA JESUS FERNANDEZ SAN MIGUEL

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCION DECIMOCTAVA

ROLLO Nº 527/2005

DIVORCIO NÚM. 166/2004

JUZGADO de PRIMERA INSTANCIA 1 VILAFRANCA DEL PENEDES

S E N T E N C I A Núm. 152/06

Ilmos. Sres.

Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO

Dª. Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE

Dª. ANA FERNANDEZ SAN MIGUEL

En la ciudad de Barcelona, a uno de marzo de dos mil seis.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoctava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Divorcio, número 166/2004 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vilafranca del Penedes a instancias de Dª. Nuria , contra D. Lázaro ; los cuales penden ante esta superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 20 de febrero de 2005 , por la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: ""FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda de juicio de divorcio promovida por la Procuradora de los Tribunales y de Nuria declarando disuelto el matrimonio formado por los cónyuges Nuria y Lázaro y acordando las siguiente medida: El padre deberá abonar a la madre en concepto de pensión de alimentos para el hijo la suma de 60 euros mensuales, que deberá ingresar en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que a tal efecto se señale por la madre. Dicha cantidad será actualizada anualmente según la variación que experimente el IPC según publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya. El padre deberá abonar a la madre la mitad de los gastos extraordinarios debidamente justificados que genere el hijo"

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria que presentó escrito de oposición; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 1 de marzo de 2006.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente la magistrada Ilma. Sra. Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La parte recurrente se alza contra el pronunciamiento de la sentencia que le impone la obligación de abonar una pensión de 60 € a su hijo mayor de edad. Se alega insuficiencia de recursos económicos para hacer frente a una pensión, en tanto percibe como únicos ingresos los procedentes de una pensión de renta mínima de inserción de 326,35 € , vive con su madre que cobra una pensión mínima en una vivienda de alquiler, y no puede trabajar debido a su enfermedad de SIDA; entiende asimismo que el hijo tiene reconocido un grado de discapacidad del 65 %, pero no se acredita que sea incapaz, por lo que la madre carece de legitimación para reclamar los alimentos.

Frente a la alegación de falta de legitimación de...

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