Sentencia de Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª nº 600/2007, de 21 de Enero 2007
Recurso nº 854/2007, Ponente RICARDO MOYANO GARCIA
Sentencia nº 600/2007
Recurso nº 854/2007, Ponente RICARDO MOYANO GARCIA
Sentencia nº 600/2007
Resumen
"RECURSO DE APELACIÓN. DIVORCIO. MODIFICACIÓN DE MEDIDAS. PENSIÓN COMPENSATORIA. Se recurre la sentencia que desestima la demanda de modificación de las medidas que actualmente rigen el divorcio. La prestación compensatoria del art. 97 del CC sólo puede nacer cuando en el momento de producirse el cese de la convivencia se aprecia desequilibrio económico entre los cónyuges, ya que es éste el momento exclusivo en que el derecho compensatorio puede nacer, conforme al tenor de la norma citada, que se encabeza diciendo ""El cónyuge al que la separación o el divorcio le produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro..."". A partir del momento de la ruptura de la convivencia cada cónyuge gobierna su vida en todos los ámbitos de la existencia, incluido el económico, de forma autónoma, por lo que las vicisitudes posteriores no pueden ya generar un derecho compensatorio no reconocido en el momento de la separación o divorcio. Se desestima el recurso. "
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Extracto
Sentencia nº 600/2007 de Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª, de 21 de Enero 2007
SENTENCIA
Iltmos. Sres.Presidente:D./Dª. Ricardo Moyano García (Ponente)Magistrados:D./Dª. Ildefonso Quesada PadrónD./Dª. Francisco Javier Morales MiratEn Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de enero de 2007SENTENCIA APELADA DE FECHA: 27 de abril de 2007 APELANTE QUE SOLICITA LA R...Ver el contenido completo de este documento