SAP Las Palmas 308/2007, 16 de Julio de 2007

PonenteRICARDO MOYANO GARCIA
ECLIES:APGC:2007:1741
Número de Recurso84/2007
Número de Resolución308/2007
Fecha de Resolución16 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª

SENTENCIA

Iltmos. Sres.

Presidente:

D./Dª. Ricardo Moyano García (Ponente)

Magistrados:

D./Dª. Rosalía Fernández Alaya

D./Dª. Victor M. Martín Calvo

En Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de julio de 2007.

SENTENCIA APELADA DE FECHA: 6 de octubre de 2006 APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D./Dña. Juan Manuel VISTO, ante AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN TERCERA, el recurso de apelación admitido a la parte demandante, en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de fecha 6 de octubre de 2006, seguidos en esta alzada en virtud del recurso de apelación de D./Dña. Juan Manuel representados por el Procurador D./Dña. Beatriz Guerrero Doblas y dirigidos por el Letrado D./Dña. Monica Beaumont Cruz, siendo parte apelada D./Dña. Diana representados por el Procurador D./Dña. Francisco Neyra Cruz y dirigidos por el Letrado D./Dña. Arturo Monsalve Diaz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada dice:

Que estimando la demanda origen del presente procedimiento y la reconvención formulada de contrario debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio contraído por DON Juan Manuel y D ª Diana en Las Palmas el día 14 de mayo de 1966, rigiéndose el divorcio por las mismas medidas de la sentencia de separación.

Segundo

No se imponen las costas a ninguna de las partes..

SEGUNDO

La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día 22 de junio del 2.007.

TERCERO

Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia el Iltmo. Sr./a. D./Dña. Ricardo Moyano García, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dos son las cuestiones que plantea el esposo apelante en este recurso, versando ambas sobre la denegación en el procedimiento de divorcio de la modificación de medidas complementarias de la previa sentencia dictada en el proceso de separación conyugal consensual, en concreto el mantenimiento de la pensión compensatoria del art. 97 del CC a favor de la esposa por importe de 186 € mensuales, cuya extinción se impetra nuevamente por cambio de circunstancias, y la continuidad de la atribución exclusiva del uso del domicilio conyugal a favor de la esposa, cuya extinción de uso exclusivo también se solicita nuevamente.

La sentencia recurrida rechazó la modificación por cuanto, en lo atinente a la pensión compensatoria, no hay una variación sustancial en los ingresos del apelante y la apelada contaba igualmente cuando se concertó el convenio regulador con ingresos por prestación de desempleo, con lo cual su situación tampoco ha variado de modo relevante. Sin embargo, hemos de tener en cuenta que los ingresos del deudor de la pensión son escasos, sólo una pensión de 438,71 € mensuales, de la Seguridad Social; y con independencia de que en el momento del convenio regulador de la separación de 21 de diciembre de 2002 la esposa percibiera o no prestaciones por desempleo, y que se tuviera en cuenta este dato -como de presente o como un hecho futuro...

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