SAP Barcelona, 19 de Abril de 2000

PonenteAna Mª G.Esquius
Fecha de Resolución19 de Abril de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona

Ilmos. Sres.

D/Dª. José Mª. Bachs Estany

D/Dª. Ana Mª. Garcia Esquius

D/Dª. Margarita Noblejas Negrillo

En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de Abril de dos mil.

Vistos, en grado de apelación, ante la Sección Dieciocho de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Modificación de Sentencia, número 152/98 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Barcelona, a instancia de D/Dª. J.P.C. representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. Marta Gordi Aguilar y dirigido/a por el/la Letrado/a D/Dª. Rafael Marín Valade, contra D/Dª. P.G.T., representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. Yolanda Grosso González-Albo, y dirigido/a por el/la Letrado/a D/Dª. David Barti Vicente; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 20 de Septiembre de 1999, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que estimando como estimo la demanda de modificación de medidas interpuesta por D/Dg Marta Gordi Aguilar Procurador/a de los Tribunales en nombre y representación de D/Dª. J.P.C., contra D/Dª P.G.T., representado por el/la Procurador/a D/Dª Yolanda Grosso González-Albo, manteniendo la regulación de las medidas que no se mencionan, debo declarar y declaro extinguida la obligación de pago de la pensión compensatoria establecida en favor de la demandada en la Sentenciade divorcio de fecha 13 de Febrero de 1984. Todo ello sin imposición de costas a ninguna de las partes".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 22 de Febrero de 2000, con el resultado que obra en la precedentediligencia.

Visto, siendo Ponente el Ilmo./a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. Ana Mª. G.Esquius.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte apelante interesa se revoque el pronunciamiento de la sentencia impugnada por el cual se declara extinguida la pensión compensatoria que le había sido reconocida por sentencia de fecha 13 de febrero de 1984 en cuantía de 10.000.- pesetas...

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