SAP Lleida 16/2008, 16 de Enero de 2008

PonenteFRANCISCO SEGURA SANCHO
ECLIES:APL:2008:7
Número de Recurso134/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución16/2008
Fecha de Resolución16 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Lleida, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LLEIDA

- SECCIÓN PRIMERA -

Apelación penal nº 134/2007

Procedimiento abreviado nº 11/2007

Juzgado Penal 3 Lleida

S E N T E N C I A NUM. 16 /08

Ilmos. Sres.

Presidente

D. FRANCISCO SEGURA SANCHO

Magistrados

D. ANTONIO ROBLEDO VILLAR

Dª EVA MARIA CHESA CELMA

En la ciudad de Lleida, a dieciseis de enero de dos mil ocho.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, integrada por los señores indicados al margen, ha visto el presente recurso de apelación contra sentencia de 15/10/2007, dictada en Procedimiento Abreviado número 11/07, seguido ante el Juzgado Penal 3 de Lleida. Es apelante Enrique, representado por la Procuradora Dª. Eulalia Cullere Lavilla y dirigido por la Letrada Dª. Laia Vall Arques. Es apelado el Ministerio Fiscal. Es Ponente de esta resolución el Magistrado Ilmo. Sr. D.FRANCISCO SEGURA SANCHO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado Penal 3 Lleida se dictó sentencia en el presente procedimiento en fecha 15/10/2007, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo: que debo condenar y condeno a Enrique como autor criminalmente responsable de un delito de quebrantamiento de condena del artículo 468.1 del Código Penal, a la pena de 14 meses de multa a razón de una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y al pago de las costas de este procedimiento."

SEGUNDO

Contra la referida sentencia se interpuso recurso de apelación, mediante escrito debidamente motivado, del que se dio traslado a los apelados para adhesión o impugnación, evacuando dicho trámite en el sentido de impugnarlo, solicitando la íntegra confirmación de la sentencia de instancia.

TERCERO

Remitidos los autos a la Audiencia, esta acordó formar rollo, y se designó Magistrado Ponente al que se entregaron las actuaciones, señalándose día y hora para deliberación y votación.

ÚNICO.- Se admiten los que contiene la resolución recurrida en todo lo que no se opongan o contradigan lo que a continuación se argumenta.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Impugna el recurrente la sentencia condenatoria de instancia fundamentando su recurso en el error en la valoración de la prueba practicada al afirmar la inexistencia de una actitud dolosa imputable al acusado en orden a incumplir el plan de ejecución de la pena de arresto de fin de semana que le había sido impuesta en el juicio de faltas del que dimanaba la ejecutoria 119/04 del Juzgado de Instrucción nº 2 de los de Lleida dado que el acusado tenía pendiente de cumplimiento otra condena de la misma naturaleza, dimanante ésta de la ejecutoria 154/04 del Juzgado de Instrucción nº 4 de Lleida, la cual le fue sustituida por la de trabajos en beneficio de la comunidad. Esta situación, en opinión del recurrente, generó una situación errónea que indujo al acusado a incumplir, aunque de un modo no deliberado, el plan de ejecución judicialmente aprobado lo que, según el parecer del recurrente, excluye una eventual responsabilidad penal por exigencias derivadas del artículo 14 del C.P. Subsidiariamente a este motivo impugna la extensión y gravedad de la pena de multa impuesta impetrando, en consecuencia, la moderación de la pena y la imposición del mínimo legal, tanto en lo tocante a su duración como a la cuantía de la cuota diaria de la multa, pretensión a la que se opone el Ministerio Fiscal que interesa la íntegra confirmación de la resolución de instancia.

Conforme se expresa en la sentencia recurrida, el delito...

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