SAP Valencia 412/2004, 28 de Junio de 2004

PonenteJOSE BONET NAVARRO
ECLIES:APV:2004:3056
Número de Recurso445/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución412/2004
Fecha de Resolución28 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

SENTENCIA Nº 412/04

SECCIÓN DECIMA:

Ilustrísimos Sres.:

Presidente,

D. José Enrique de Motta García España

Magistrados:

D. Carlos Esparza Olcina

D. José Bonet Navarro

En Valencia a, 28 de junio de dos mil cuatro.

La Sección 10ª de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Ilmos. señores anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra el auto de fecha 10 de febrero de 2004 dictado por el Sr. Juez de Primera Instancia núm. 24 de Valencia en autos de ejecución forzosa en materia de familia (alimentos) seguidos en dicho juzgado con el número 767/2003 . Han sido partes en el recurso, como apelante D. Luis Andrés , representado por el procurador D. Antonio Vives Cervera y asistido del letrado D. Rafael Béjar Carbonell, y como apelado D. Juan Carlos , representado por la procuradora Dña. Inmaculada Irene Gómez Sampedro y asistido del letrado D. Diego Mª Crehuet Viguer, y como apelado el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Don José Bonet Navarro, quien muestra el parecer unánime del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva del auto apelado literalmente dice: "Que debo desestimar y desestimo la oposición por defectos formales instada por la representación de D. Luis Andrés (ejecutado), siguiendo adelante la ejecución despachada en virtud de auto de 8 de octubre de 2003 . Se impone a D. Luis Andrés (ejecutado) las costas procesales de la oposición".

SEGUNDO

Notificado dicho auto a las partes, y tras los trámites oportunos de preparación del recurso, por la representación de D. Luis Andrés se interpuso recurso de apelación contra el mismo. Se basa el recurso, en síntesis, en que el art. 559.3 LEC prevé la posibilidad de formular oposición con base en la nulidad radical del despacho de ejecución por no tener el título pronunciamiento de condena. Sin embargo, la resolución no es firme en cuanto se encuentra el rollo y los autos elevados al Tribunal Supremo, siendo que la ejecución se basa en el art. 517.1 LEC . Además, falta legitimación pues el ejecutante no ha sido parte, teniéndola en todo caso la madre, Dña. Natalia , pero no él.A su vez, por la representación de D. Juan Carlos se formula oposición al recurso de contrario, por considerarlo ajustado a derecho, alega, en síntesis, que en virtud del art. 774.5 y 776 LEC , los recursos no suspenderán su eficacia, remitiéndonos el último a la ejecución sobre pronunciamiento de medidas. Asimismo, se encuentra legitimado el hijo pues es el titular de la pensión de alimentos, el art. 538.2 LEC prevé que sólo podrá despacharse ejecución a instancia de quien aparezca como acreedor en el título, siendo que de tenerla la madre, dicho defecto habría sido subsanado.

El Ministerio Fiscal interesa la desestimación del recurso.

TERCERO

En la tramitación del juicio se han observado en ambas instancia las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

En el presente recurso de apelación, hemos procedido al estudio de la causa cuya sentencia es objeto de deliberación, examinándose los argumentos impugnatorios expuestos por las partes en esta alzada, en ejercicio de su derecho fundamental contenido en el art. 24.1 de la ...

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