SAP Madrid 84/2008, 17 de Enero de 2008

PonenteFRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL
ECLIES:APM:2008:320
Número de Recurso493/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución84/2008
Fecha de Resolución17 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 20

MADRID

SENTENCIA: 00084/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 20ª

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 493/2006

Ilmos. Sres. Magistrados:

JULIO CARLOS SALAZAR BENITEZ

FRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL

JOSÉ MARÍA SALCEDO GENER

En MADRID, a diecisiete de enero de dos mil ocho.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1327/2004, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 42 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 493/2006, en los que aparece como parte apelante Victoria, y como apelado BILBAO COMPAÑÍA ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS y GIMNASIO EUROPA WORKOUT S.L., sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. FRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 42 de Madrid, en fecha 14 de marzo de 2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda inicial de estas actuaciones interpuesta por la Procuradora Doña Lydia Leiva Cavero en nombre y representación de Doña Victoria contra Europa Workout S.L. y Seguros Bilbao Compañía de Seguros absolviendo a dichas sociedades demandadas de las pretensiones contra ellas deducidas en la demanda y debo condenar y condeno a la actora al pago de las costas causada en el presente procedimiento.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia de instancia desestimó la demanda interpuesta por Doña Victoria en la que ejercitaba las acciones de responsabilidad extracontractual de los artículos 1.902 y 1.903 del Código Civil y 76 de la Ley de Contrato de Seguro contra las demandadas Europa Workout S.L. y Seguros Bilbao S.A. en base a que el 8 de enero de 2003 la demandante practicaba, en el gimnasio propiedad de la primera de las demandadas reseñadas, kárate, en las clases impartidas por el monitor Don Benito, se produjo lesiones (objetivadas en el correspondiente informe de sanidad emitido por el Médico Forense en el Juicio de Faltas que se siguió por estos mismos hechos) cuando realizaba un ejercicio consistente en juntar la espalda con la de otro compañero y bajar flexionando las rodillas, por la mayor complexión de ese compañero elegido por el monitor.

SEGUNDO

Frente a esa sentencia que basó su decisión en la no demostración de la existencia de una acción u omisión culposa de la propietaria del gimnasio ni de su monitor, ni tampoco el enlace o relación de causalidad entre esa supuesta acción u omisión culposa y el resultado producido; se alza la representación procesal de...

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