SAP Murcia 86/2004, 23 de Marzo de 2004

PonenteFRANCISCO CARRILLO VINADER
ECLIES:APMU:2004:772
Número de Recurso415/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución86/2004
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM. 86/2.004

ILMOS. SRES.

D. ANTONIO SALAS CARCELLER

PRESIDENTE

D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER

Dª. FRANCISCA ISABEL FERNÁNDEZ ZAPATA

MAGISTRADOS

En la ciudad de Murcia, a veintitrés de marzo del año dos mil cuatro.

Habiendo visto en única instancia la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el recurso de anulación seguido contra el laudo dictado en el expediente arbitral número 497/03 que se había seguido en la Junta Arbitral de Consumo de la Dirección General de Consumo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, entre las partes, como iniciador del expediente y ahora recurrido Dª. Inés , no personado en esta instancia, y como recurrente la mercantil Telefónica de España, S. A. U., representada por el Procurador Sr. Sevilla Flores y defendida por el Letrado Sr. Molina García. Siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con fecha 13 de mayo de 2.003 dictó en el expediente arbitral del que dimana el presente rollo el laudo cuya parte dispositiva dice así: "Se estima la petición de la parte reclamante frente a la reclamada y, declarando la inexistencia de la deuda del reclamante con la reclamada en las facturaciones en el servicio de tarificación adicional. En el caso de que la empresa reclamada hubiera suspendido o dado de baja en el servicio al reclamante deberá restablecerlo de forma gratuita".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución, en tiempo y forma, interpuso recurso de anulación la mercantil reclamada, por considerar la incompetencia de la Junta Arbitral para pronunciarse sobre la cuestión objeto de la reclamación.

Admitido a trámite el recurso, tras registrarse como Rollo 415/03, se emplazó a la otra parte, quien no se ha personado ante este Tribunal.

Finalizado el periodo probatorio, por providencia del día 23 de febrero de 2.004 se señaló el de hoy para la vista del recurso, compareciendo el Letrado de la parte recurrente, que interesó que se declarase la nulidad del laudo arbitral.TERCERO.- En la sustanciación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ante la Junta Arbitral de Consumo de la Dirección General de Consumo, integrada en la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se planteó reclamación por un usuario del servicio telefónico contra la compañía suministradora, respecto a una determinada llamada telefónica, que consideraba el reclamante que no le debía ser incluida en la facturación.

La compañía Telefónica de España, S. A. U., se opuso, pues, admitiendo que cabía acudir a la citada Junta Arbitral, en virtud de su oferta pública de sometimiento a arbitraje, en el presente caso, como la base de la reclamación era la comisión de un hecho delictivo, consideraba que no era competencia de la citada Junta Arbitral, tal y como resulta de lo establecido en el artículo 2, d) del Real Decreto 636/1.993.

El laudo arbitral estimó la reclamación del usuario, considerando que no se trataba de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR