SAP Cantabria 1185/2006, 18 de Julio de 2006
Ponente | ERNESTO SAGÜILLO TEJERINA |
ECLI | ES:APS:2006:1556 |
Número de Recurso | 189/2006 |
Procedimiento | APELACION JUICIO DE FALTAS |
Número de Resolución | 1185/2006 |
Fecha de Resolución | 18 de Julio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
SANTANDER
SENTENCIA: 01185/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA
ROLLO NÚM. 189/06
Sección Primera
S E N T E N C I A NÚM. 185/06
En la Ciudad de Santander, a Dieciocho de Julio del año dos mil seis.
El Ilmo. Sr. Ernesto Sagüillo Tejerina, Magistrado de la Sección Primera de esta Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, ha visto en grado de apelación los autos de juicio de faltas núm. 177 de 2005 del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Medio Cudeyo, Rollo de Sala núm. 189 de 2006, seguidos por falta de Daños, contra Víctor.
En esta Segunda instancia ha sido parte apelante Víctor.
Por el Juzgado ya mencionado, en fecha 25 de Mayo de 2006, se dictó Sentencia cuyo relato de Hechos Probados y Fallo son del tenor literal siguiente: " El día 22 de junio de dos mil seis dos perros propiedad de Víctor entraron en la finca propiedad del denunciado sita en Rasillo de Villafufre, atacando a las ovejas propiedad del mismo causando la muerte de dos de ellas e hiriendo a otras dos. El valor de las ovejas muertas es de 540 euros. FALLO: Debo CONDENAR Y CONDENO a Víctor como autor responsable de una falta de causación de daños por animales a la pena de 15 días multa con cuota diaria de 3 euros, quedando sujeto en caso de impago a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y a que indemnice a Mauricio en la cantidad de 540 euros, con expresa condena en costas".
Notificada la Sentencia a las partes, por Víctor, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y dado traslado del escrito de recurso a las demás partes por el plazo legal, se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial a efectos de resolución del recurso.
Se admiten los de la Sentencia de instancia, ya reproducidos.
Formula recurso el condenado como autor de una falta del artículo 631 del Código Penal a fin de que se dicte nueva sentencia que le absuelva de la comisión de dicha falta.
Afirma el recurso que la sentencia de instancia incurre en error al valorar la prueba practicada aludiendo a que el juez de instancia tiene en cuenta la declaración del denunciante no así la del denunciado y la esposa de éste, haciéndose también referencia a la testigo propuesta por la parte denunciante o a la existencia de una resolución absolutoria en relación con otra denuncia interpuesta por el mismo denunciante.
Al valorar la prueba, ha de recordarse la preeminente posición del juez de instancia a la hora de valorar la prueba personal practicada ante él pues es quien mejor puede percibir, a través de la inmediación, la credibilidad y veracidad de lo expresado por las partes intervinientes en dicho acto. El juzgador de instancia puede intervenir de modo directo en la actividad probatoria y apreciar personalmente sus resultados, así como la forma de expresarse y conducirse las personas que en él declaran en su narración de los hechos y la razón de su conocimiento, ventajas de las que carece el tribunal de apelación. Por ello el uso realizado por el Juez a quo de la facultad de libre apreciación en conciencia del material probatorio sometido a su consideración, reconocida en el art. 741 LECriminal, únicamente debe ser rectificado en caso de manifiesto, claro, evidente y notorio error del juzgador de tal magnitud e importancia que haga necesaria, con...
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