SAP Madrid 78/2008, 18 de Marzo de 2008

PonenteFRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTE
ECLIES:APM:2008:4729
Número de Recurso54/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución78/2008
Fecha de Resolución18 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MADRID

SENTENCIA: 00078/2008

ROLLO APELACIÓN JUICIO DE FALTAS nº 54/2008

Juzgado de Instrucción nº 1 de Valdemoro

Juicio de Faltas nº 100/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN PRIMERA

S E N T E N C I A Nº 78/2008

En la Villa de Madrid, a dieciocho de marzo del dos mil ocho.

El Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Vieira Morante, Magistrado de esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal

unipersonal en turno de reparto, conforme lo dispuesto en el artículo 82.2 de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, ha visto

el presente Rollo de Apelación contra Sentencia dictada por la Sra. Juez del Juzgado de Instrucción antes mencionado, en el

Juicio de Faltas seguido ante dicho Juzgado bajo el número citado en el encabezamiento habiendo sido partes, como apelante,

Don Luis Alberto, y, como apelado, siendo parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Juez del Juzgado de Instrucción nº 1 de Valdemoro, en el Juicio verbal de Faltas antes mencionado, dictó Sentencia con fecha 15 de octubre del 2007, en la que se declararon probados los hechos siguientes:"Probado y así se declara que sobre las 9:05 horas del día 13 de enero de 2.005, Elvira se incorporó a su puesto de trabajo como Auxiliar Administrativa en la empresa Curiel 4X4 sita en la calle Plata 21 del Polígono Aimayr en la localidad de San Martín de la Vega(Madrid) y su Jefe Luis Alberto le pidió que firmara unos partes de entrada y salida al puesto de trabajo. Al negarse Elvira a firmar tales partes, se entabló entre ellos una discusión en el trascurso de la cual Luis Alberto empujo a Elvira hacia una silla para que se sentara, cayendo la empleada al suelo y causándose lesiones para las que precisó una primera asistencia facultativa, de las que tardó en curar 38 días impeditivos y dos días no impeditivos. En el transcurso de la discusión Luis Alberto comunicó a Elvira que estaba despedida."

SEGUNDO

La referida sentencia contiene el siguiente pronunciamiento en su parte dispositiva:

"FALLO: "Que debo condenar y condeno a Luis Alberto como autor responsable de una falta de Lesiones, imponiéndole la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 5 euros, lo que hace un total de 150 euros, que deberá abonar una vez que sea firme la presente sentencia, quedando sujeto en caso de impago, y una vez agotada la vía de apremio contra su patrimonio, a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias que dejare de abonar, hasta un máximo de quince días, condenando igualmente al denunciado a indemnizar a la denunciante Elvira en la cantidad de 2.340 euros por las lesiones y al pago de las costas."

TERCERO

Contra dicha Sentencia interpuso Recurso de Apelación para ante esta Audiencia Provincial Don Luis Alberto, tras lo que se confirió traslado del escrito de interposición del recurso a las demás partes personadas. Y recibidos los Autos en este Tribunal, se repartieron los mismos, quedando vistos para Sentencia.

Se dan por reproducidos los de la sentencia apelada y se aceptan hasta la frase "empujó a Elvira hacia una silla para que se sentara". El resto de los hechos se sustituyen por los siguientes:

Al caer mal el la silla Elvira, sufrió una contusión a nivel de apófisis espinosas de L3-L4 y L-5, y musculatura lumbar bilateral; lesiones para las que solamente precisó una primera asistencia facultativa, consistente en evaluación, analgésicos...

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