SAP Murcia 56/2008, 5 de Febrero de 2008
Ponente | MARIA DEL PILAR ALONSO SAURA |
ECLI | ES:APMU:2008:160 |
Número de Recurso | 276/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 56/2008 |
Fecha de Resolución | 5 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00056/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MURCIA
Sección 001
Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA
Telf : 968-229183
Fax : 968-229184
Modelo : SEN00
N.I.G.: 30030 37 1 2007 0101058
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000276 /2007
Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de TOTANA
Procedimiento de origen : LIQUIDACION SOCIEDADES GANANCIALES 0000340 /2005
RECURRENTE : Estíbaliz
Procurador/a :
Letrado/a :
RECURRIDO/A : Pedro Jesús
Procurador/a :
Letrado/a :
SENTENCIA
NÚM. 56/08
ILMOS. SRS.
D. FERNANDO LÓPEZ DEL AMO GONZÁLEZ
PRESIDENTE
Dª. Mª PILAR ALONSO SAURA
D. CAYETANO BLASCO RAMÓN
MAGISTRADOS
En la Ciudad de Murcia, a cinco de febrero de dos mil ocho.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio verbal para
formación de inventario de sociedad de gananciales que en primera instancia se han seguido con el nº 340/05 en el Juzgado de
Primera Instancia nº 3 de Totana, entre partes, como demandante y en esta alzada apelado D. Pedro Jesús
representado por el Procurador D. Juan María Gallego Iglesias y dirigido por la Letrada Dña. María Martínez de Salas Cayuela y
como demandada y en esta alzada apelante Dña. Estíbaliz, representada por el Procurador D. José Luna
Moreno, y dirigida por el Letrado D. Jaime Jover Medina. Es ponente la Ilma. Sra. Dña. Mª PILAR ALONSO SAURA, que expresa la
convicción del Tribunal.
El Juzgado de instancia citado, con fecha 16 de octubre de 2.006 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo, la sentencia cuya parte dispositiva, transcrita en lo que interesa, dice así: "FALLO: Estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sr. Gallego Iglesias, en nombre y representación de D. Pedro Jesús, contra Dª. Estíbaliz.
Conforme a esto, el activo del inventario queda integrado por los bienes enumerados en el Fundamento Jurídico Quinto. No hay pasivo.
Condeno a la demandada al pago de las costas procesales causadas en la presente instancia."
Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma interpuso recurso de apelación la parte demandante, dándose traslado a la parte demandada, y previo emplazamiento de las partes, fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia, en la que se formó el oportuno rollo por la Sección Primera con el nº 276/07, compareciendo las partes indicadas en la cualidad antes expresada, señalándose para deliberación y votación el día de la fecha por providencia 19 de junio de 2007.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Se alega en el recurso de apelación interpuesto en primer lugar la vulneración del principio dispositivo que rige el proceso civil e incongruencia extrapetita, invocando los artículos 216 y 809.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, destacando que no se generó controversia entre las partes con respecto a los saldos de las cuentas bancarias a fecha del divorcio siendo los únicos conceptos controvertidos 24.000 euros por venta de chatarra y los importes de los arrendamientos de las fincas gananciales, interesando la inclusión en el inventario de la partida de los saldos bancarios por los importes de los certificados bancarios aportados de contrario, pretensión que se ha de estimar, ya que, no obstante las alegaciones efectuadas por la parte apelada, de lo actuado se desprende, en concreto, del acta de fecha 19 de abril de 2006...
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