SAP Segovia 29/2006, 20 de Febrero de 2006

PonenteGONZALO CRIADO DEL REY TREMPS
ECLIES:APSG:2006:69
Número de Recurso55/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución29/2006
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª

ANDRES PALOMO DEL ARCOIGNACIO PANDO ECHEVARRIAGONZALO CRIADO DEL REY TREMPS

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SEGOVIA

SENTENCIA: 00029/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN ÚNICA

SEGOVIA

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S E N T E N C I A Nº 29 / 2006

‹ b›C I V I L

Recurso de apelación

Número 55 Año 2006

Juicio Ordinario 390/04

Juzgado de 1ª Instancia de

S E G O V I A, 3

En la Ciudad de Segovia, a veinte de febrero de dos mil seis.

La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. D. Andrés Palomo del Arco, Pdte.; D. Ignacio Pando Echevarría y D. Gonzalo Criado del Rey Tremps Magistrados, ha visto en grado de apelación los autos de las anotaciones al margen, seguidos a instancia de CAFÉ DEL MERCADO, S.L., con domicilio social en Segovia, C/ Agapito Marazuela, nº 40; contra la mercantil EROSMER IBÉRICA S.A.; con domicilio social en Elorrio (Vizcaya), Barrio San Agustín s/n; sobre juicio ordinario, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en primera instancia, recurso en el que han intervenido como apelante, la demandante, representado por el Procurador Sr. Santiago Gómez y defendido por el Letrado Sr. Martín Tapias; y como apelado, la demandada, representada por la Procuradora Sra. Pérez García y defendida por la Letrado Sra. Díaz García y en el que ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Gonzalo Criado del Rey Tremps.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia de los de Segovia, nº 3, con fecha siete de octubre de dos mil cinco, fue dictada Sentencia , que en su parte dispositiva literalmente dice: "FALLO: Que estimando en parte la demanda formulada por el Procurador don Juan Santiago Gómez,

Condeno a Erosmer Ibérica a devolver al representante legal de "Café del Mercado, S.L." tres mil quinientos noventa y un euros con treinta y seis céntimos 83.591,36 euros), correspondientes a la garantía de cumplimiento del plazo de apertura establecido en los dos contratos de arrendamiento concertados (punto 3º del suplico de la demanda); más los intereses que genere esa cantidad a contar desde esta fecha hasta el pago; intereses iguales al legal del dinero incrementado en dos puntos.

Condeno a "Erosmer Ibérica" a rendir cuentas a "Café del Mercado, S.L." correspondientes a los gastos y costas comunes referidas al año 2003, por cada uno de los locales objeto de esta litis, en la forma establecida en el punto 7.6 de los contratos y cláusula 41.6 del Reglamento de Régimen Interior , en concordancia con lo resuelto en esta sentencia.

Se desestiman las restantes pretensiones.

Sin hacer especial imposición sobre las costas causadas."

SEGUNDO

Notificada que fue la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de el demandante, se anunció la preparación de recurso de apelación, con enumeración de los pronunciamientos que se impugnan, al tenor que es de ver en su escrito unido en Autos, teniéndose por preparado el mismo, emplazándose a la recurrente para que en plazo interponga la apelación anunciada; y notificada dicha resolución a las partes, por los apelantes se interpuso para ante la Audiencia en legal forma el recurso anteriormente anunciado, en base a lo establecido en los arts. 457 y ss de la Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil , dándose traslado a la adversa y emplazándola para oponerse al recurso o impugnarlo, y realizado el citado trámite en plazo , se acordó remitir las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal, registrados, formado rollo, turnado de ponencia y personadas las partes en tiempo, se señaló fecha para deliberación y fallo del citado recurso, y llevado a cabo que fue, quedó el mismo visto para dictar la resolución procedente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Por sentencia dictada el pasado 7 de octubre de 2.005 por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Segovia se condenó a Erosmer Ibérica S.A. representada por la procuradora Dª Teresa Pérez Muñoz, entre otros pronunciamientos, a pagar a la actora, Café del Mercado S.L. representada por el procurador D. Juan Santiago Gómez, la suma de 3.591,36 euros y a rendir cuentas de los gastos comunes correspondientes al año 2.003 conforme a lo pactado. Contra dicha sentencia interpuso la parte demandante recurso de apelación.

Segundo

Alega la parte demandante en la instancia y recurrente en la alzada como primer motivo del recurso de apelación el error en la apreciación y valoración de la prueba...

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