SAP Huelva 225/2006, 19 de Diciembre de 2006

PonenteFLORENTINO GREGORIO RUIZ YAMUZA
ECLIES:APH:2006:890
Número de Recurso255/2006/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución225/2006
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 2ª

225/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo Apelación Civil número 255/06

Juicio Verbal 554/06

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Huelva.

SENTENCIA Nº 225

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. FRANCISCO MARTÍN MAZUELOS.

Magistrados:

D. FLORENTINO GREGORIO RUIZ YAMUZA.

D. ANDRÉS BODEGA DE VAL.

En la ciudad de Huelva, a 19 de diciembre del año dos mil seis.

Esta Sección de la Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados anotados al margen y bajo la Ponencia del Iltmo. Sr. D. FLORENTINO GREGORIO RUIZ YAMUZA, ha visto en grado de apelación el juicio verbal 554/06, dimanante del procedimiento de liquidación de sociedad de gananciales 197/06, procedente del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Huelva, en virtud de recurso que contral sentencia dictada el 19.06.06, luego aclarada por auto recaído el 29.06.06 interpusiera la procuradora Sra. Borrero Canelo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes del auto apelado.

SEGUNDO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Huelva, en juicio verbal 554/06, dimanante de procedimiento de liquidación de sociedad de gananciales 197/06 se dictó sentencia el 19.06.06 cuya parte dispositiva dice así:

Que en la demanda interpuesta por Dª. Alicia contra D. Juan Miguel, 1º Apruebo el siguiente inventario:

ACTIVO:

- Inmueble sito en la calle DIRECCION000 nº NUM000 de Huelva, valorado en 122,366,55 euros.

PASIVO:

- Crédito hipotecario, por importe de 52.318,65 euros.

- Seguros del hogar. Por importe de 866,52 euros.

- Impuesto de bienes Inmuebles por importe de 2.984,64 euros.

2º.- Acuerdo dar por finalizado el presente procedimiento, previa anotación en el libro de su clase.

3º.- Sin expresa imposición de las costas causadas en el presente procedimiento.

Fue aclarada por auto del 29.06.06 en el siguiente sentido:

"Acuerdo aclarar la sentencia recaída en el presente procedimiento de fecha 19/6/06 en el sentido de indicar que en la parte indicada como "PASIVO".- Crédito del Cónyuge Dª. Alicia contra la sociedad por pago de deudas de la sociedad por importe de 28.084,90 euros", ha de entenderse que dicha deuda se verá incrementada con el IPC en un 42,9%, dando por tanto una cantidad final de 40.133,32 euros."

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso, con fecha 03.10.06 por la representación de D. Juan Miguel recurso de apelación, al que se opuso la procuradora Sra. García González, en nombre y representación de Dª. Alicia, mediante escrito de 25.10.06. Remitidos los autos a la Audiencia Provincial y turnados a esta Sección, formándose el oportuno rollo, ha tenido lugar la deliberación y voto en el día de la fecha, siendo ponente el Iltmo. Sr. D. FLORENTINO GREGORIO RUIZ YAMUZA, quien expresa el parecer de la Sala.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cuestión que se debate en esta segunda instancia tiene que ver con la actualización del crédito a favor de Dª. Alicia por cantidades pagadas por ella, existiendo conformidad en que son de cargo de la sociedad de gananciales y...

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