SAP Madrid 202/2004, 29 de Enero de 2004
Ponente | D. CARLOS CEZON GONZALEZ |
ECLI | ES:APM:2004:1197 |
Número de Recurso | 311/2003 |
Número de Resolución | 202/2004 |
Fecha de Resolución | 29 de Enero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª |
D. CARLOS CEZON GONZALEZD. MODESTO DE BUSTOS GOMEZ-RICOD. JOSE LUIS ZARCO OLIVO
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 13
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 3971921 Fax: 3971998
N.I.G. 28000 1 7004565 /2003
Rollo: RECURSO DE APELACION 311 /2003
Proc. Origen: JUICIO VERBAL 70 /2002
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 20 de MADRID
De: GAS NATURAL SDG, S.A.
Procurador: MARIA AFRICA MARTIN RICO
Contra: Celestina
Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Ponente: ILMO. SR. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO
Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ
Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO
SENTENCIA
En Madrid, a veintinueve de enero de dos mil cuatro. La Sección Decimotercera de la
Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 20 de los de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante GAS NATURAL S.D.G. S.A., y de otra, como demandado-apelada Dª. Celestina.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 20, de los de Madrid, en fecha veintitrés de septiembre de dos mil dos, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimo en parte la demanda presentada por Gas Natural SDG, SA contra Dª Celestina, condenando a la referida demandada a que pague a la actora la cantidad de QUINIENTOS DIECISÉIS ERUSO 516,56¤), más el interés legal de dicha suma desde la fecha de emplazamiento de la demandada. Desestimo la demanda en lo demás. No se hace imposición de costas".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día veintiocho de enero de dos mil cuatro.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.
El Tribunal acepta los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada.
La demandante, Gas Natural SDG S.A., interesa en la litis frente a la demandada, Doña Celestina, se declare resuelto (por incumplimiento de la última) el contrato de suministro de gas a la vivienda NUM000NUM001 del inmueble número NUM002, portal NUM003, de la CALLE000 de Madrid existente entre las partes, se establezca la obligación de la demandada de facilitar la entrada en el domicilio donde se presta el suministro de gas y permitir que se desmonte el contador de gas, con clausura de la instalación receptora y se condene a la demandada a pagar a la actora 516,56 euros en concepto de daños y...
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