SAP Valencia 477/2006, 14 de Septiembre de 2006

PonenteCARLOS ESPARZA OLCINA
ECLIES:APV:2006:3052
Número de Recurso553/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución477/2006
Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

Rollo nº : 553-06

Sección 10ª

SENTENCIA Nº: 477-06

SECCIÓN DECIMA:

Ilustrísimos Sres.:

Presidente,

D. José Enrique de Motta García España

Magistrados:

Dña. Mª Pilar Manzana Laguarda

D. Carlos Esparza Olcina

En Valencia a, catorce de septiembre de dos mil seis.

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de medidas hijos extramatrimoniales nº 858-05, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Valencia, entre partes, de una como demandante-apelado-impugnante, Dª Leonor , dirigido por el Letrado D./Dña. Joaquin Varo Peris, y representado por el Procurador D./Dña. Inmaculada Sarrio Peiro, y de otra como demandado- apelante, D. Serafin , dirigida por el letrado D./Dña. Luis Arego Casademunt y representada por el Procurador D.Dña. Mª Paz Gómez Sánchez. Y siendo parte el MINISTERIO FISCAL.

Es ponente el Ilmo. Sr. Don Carlos Esparza Olcina .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de Primera Instancia nº 8 de Valencia, en fecha 27 de marzo de 2006 , se dictó sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: "Que estimando la demanda planteada por Dª Leonor , representada por la Procuradora Dª Inmaculada Sarrió Peiró, contra D. Serafin , representado por la Procuradora doña Mª Paz Gómez Sánchez, sobre medidas personales y alimentos relativos a los hijos comunes María Cristina y Paulino , debo acordar las medidas siguientes:

  1. - La atribución de la guardia y custodia de los hijos menores, María Cristina y Paulino , a su madre, pero ejerciendo conjuntamente ambos progenitores la patria potestad (responsabilidad parental) sobre los menores.

  2. - D. Serafin podrá estar en la compañía de su dos hijos menores de edad en la forma que concierte con la demandante, y en coyuntura del desacuerdo, los tendrá consigo los fines de semana alternos desde la salida del colegio del viernes hasta la entrada de los menores en el colegio el lunes por la mañana, junto a dos tardes intersemanales (a falta de acuerdo, los martes y jueves), desde la salida del colegio a las 20'30 horas que serán devueltos al domicilio materno, y la mitad de las vacaciones de verano, Navidad, Fallas y Semana Santa, a elección del padre los años impares y la madre los pares. Los festivos se repartirán por mitad, y los puentes se unirán al fin de semana correspondiente.

  3. - D. Serafin contribuirá como prestación por alimentos por los dos hijos menores abonando a las Sra. Leonor , por meses anticipados y dentro de los cinco primeros días de cada mes, la cantidad mensual de DOSCIENTOS SESENTA EUROS (130 euros por cada hijo), cuya suma pecuniaria será anualmente actualizada según la variación que experimente el I.P.C., junto con la mitad de los gastos extraordinarios de los mismos.

Todo ello, sin que proceda hacer una expresa imposición de las costas procésales del presente procedimiento a ninguno de los...

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