SAP Valencia 46/2008, 1 de Febrero de 2008
Ponente | MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA |
ECLI | ES:APV:2008:573 |
Número de Recurso | 840/2007/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 46/2008 |
Fecha de Resolución | 1 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª |
46/2008
Rollo nº 000840/2007
Sección Séptima
SENTENCIA Nº 46
SECCION SEPTIMA
Ilustrísimos/as Señores/as:
Presidente/a:
Dª MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA
Magistrados/as
D. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO
Dª MARIA IBAÑEZ SOLAZ
En la Ciudad de Valencia, a uno de febrero de dos mil ocho.
Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal - 001209/2006 seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 21 DE VALENCIA entre partes; de una como demandado/s - apelante/s Gabriela dirigido por el/la letrado/a D/Dª. VICTOR GONZALEZ CASANOVA y representado por el/la Procurador/a D/Dª ELVIRA ORTS REBOLLIDA, y de otra como demandante/s, - apelado/s DIRECCION000 NUM000 CP, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. IGNACIO AGUADO GIMENEZ y representado por el/la Procurador/a D/Dª AMALIA TOMAS RODRIGUEZ., y como parte demandada-apelada Dª Isabel Y Dª Amanda, incomparecidas en la alzada.
Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA.
En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 21 DE VALENCIA, con fecha diecinueve de junio de dos mil siete se dictó la sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios del Edificio sito en la DIRECCION000, nº NUM000 contra Dª Gabriela, Dª Isabel y Dª Amanda debo condenar y condeno a todas ellas solidariamente al pago de 1.266,62 euros. Las costas serán satisfechas por la parte demandada".
Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandada Dª Gabriela, se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día veintiocho de enero de dos mil ocho para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.
Don Jose Ignacio, en su condición de Administrador de la Comunidad de Propietarios del inmueble ubicado en la DIRECCION000 NUM000 de esta ciudad, formuló demanda de juicio monitorio que, ante la oposición de las demandadas se transformó en juicio verbal, contra doña Gabriela, doña Isabel y doña Amanda, en su condición de titulares de la nuda propiedad de la vivienda NUM001, reclamando las cuotas de gastos comunes correspondientes a parte de 2003, de 2004, de 2005 y 2006, aprobados en la Junta General Ordinaria celebrada el día 12 de junio de 2006, en la que también se apoderó al Secretario- Administrador para demandar judicialmente en nombre de la Comunidad de Propietarios a los propietarios morosos.
En su escrito de oposición, doña Gabriela, alegó la falta de litisconsorcio pasivo necesario por no dirigir la reclamación contra los restantes propietarios y contra la usufructuaria de la vivienda.
Dado traslado a doña Isabel...
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