SAP Pontevedra 70/2008, 14 de Marzo de 2008
Ponente | JOSE FERRER GONZALEZ |
ECLI | ES:APPO:2008:882 |
Número de Recurso | 75/2008 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 70/2008 |
Fecha de Resolución | 14 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00070/2008
PONTEVEDRA
Sección 005
Rollo : 0000075 /2008
Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 3 de VIGO
Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 0001176 /2007
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección Quinta, constituida en Tribunal Unipersonal por el
Magistrado D JOSE FERRER GONZALEZ, ha pronunciado,
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA Nº 70/08
En VIGO-PONTEVEDRA a catorce de marzo de dos mil ocho
En el presente rollo de apelación num. 75/08 dimanante de los autos de Juicio de Faltas num 1176/2007 del Juzgado de
Instrucción num TRES de Vigo, en el que son partes como apelante Jose Carlos y como apelado Flor
Con fecha seis de noviembre de dos mil siete el Juez de Instrucción num. Tres de Vigo dictó sentencia en los autos originales de que el presente rollo dimana, cuyos hechos probados literalmente dicen: "Quedó probado que desde el día 21 de septiembre de 2007 Flor notó la falta de los tres gatos de su propiedad, seguidamente escuchó unos maullidos que provenían de un trastero exterior situado debajo de las escaleras de acceso a la vivienda de Flor por lo que procedió a llamar a la Policía Local; personados los agentes en el lugar, se entrevistaron con el usuario del trastero Jose Carlos, manifestando éste que él era el único que tenía las llaves del trastero, por lo que procedió a abrir la puerta, momento en el cual salieron los tres gatos".
En dicho Juzgado se dictó sentencia conteniendo el siguiente fallo: "Que debo condenar y condeno a Jose Carlos como autor de una falta de coacciones a la pena de cuatro días de localización permanente y a que indemnice a Flor en la cantidad de 200 euros y al pago de las costas procesales en un medio del total, absolviéndole de los demás hechos que se le imputan".
Notificada dicha sentencia a las partes por Jose Carlos se interpuso recurso de apelación que fue admitido y tramitado de acuerdo con lo dispuesto en el art. 795.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y elevados los autos a esta Audiencia quedaron en poder del Magistrado Ponente a fin de dictar la oportuna resolución.
Se aceptan y se dan por reproducidos los hechos que se tuvieron como probados en la sentencia que se recurre.
La sentencia dictada en primera instancia es recurrida en apelación en cuanto que condenó a Jose Carlos como autor de una falta de coacciones del artículo 620.2 del Código Penal, alegándose, como primer motivo, la aplicación...
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