SAP Valencia 147/2000, 24 de Febrero de 2000

PonenteAntonio Pardo Llorens
Número de Resolución147/2000
Fecha de Resolución24 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Valencia

Ilmos. Sres.:

Dª Mª Carmen Escrig Orenga

D. Gonzalo Caruana Font de Mora

D. Antonio Pardo Llorens

En la ciudad de Valencia, a 24 de febrero de 2000.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Antonio Pardo Llorens, el presente Rollo de Apelación número 499/99, dimanante de los autos de Juicio de Menor Cuantía número 344/97, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia número trece de Valencia, entre partes; de una, como demandado apelante, don J.V.Y.M. (Defensor Judicial: Comisión Valenciana de Tutelas y Defensa Judicial del Incapacitado), representado por la Letrada habilitada de la Generalitat Valenciana doña Pilar Herrero Gil, y de otra, como demandante apelado, el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia apelada, pronunciada por el señor Juez de Primera Instancia número trece de Valencia, en fecha 1 de febrero de 1999, contiene el siguiente Fallo: "Que estimando la demanda interpuesta por el Ministerio Fiscal, interesando declaración judicial de incapacidad, contra el demandado don J.V.Y.M., debo declarar y declaro la incapacidad limitada del mismo para disponer y administrar sus bienes, y, en concreto, para realizar los actos enumerados en los artículos 271 y 272 del Código Civil, debiendo procederse a la constitución de su curatela, y a la adopción de medidas necesarias para la adecuada protección del incapaz o de su patrimonio hasta la efectiva constitución de dichoorganismo, sin hacer expreso pronunciamiento de las costas de este procedimiento."

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, y previo emplazamiento, se remitieron los autos a esta Audiencia, tramitándose la alzada, con celebración de la Vista correspondiente el día 18 de febrero de 2000, asistiendo los letrados y las representaciones de las partes que constan en la Diligencia de Vista, extendida a tal efecto, solicitando se dictara sentencia conforme a las pretensiones de sus respectivos patrocinados.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Ha sido promovida por el Ministerio Fiscal la declaración de incapacidad del demandado, en virtud de un informe médico que señala está afecto de una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR