SAP Madrid 52/2008, 24 de Enero de 2008
Ponente | FRANCISCO DAVID CUBERO FLORES |
ECLI | ES:APM:2008:173 |
Número de Recurso | 476/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 52/2008 |
Fecha de Resolución | 24 de Enero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 16ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL MADRID
SECCIÓN DECIMOSEXTA
Apelación RJ 476-07
Juzgado de Instrucción número 1 de Madrid.
Juicio de faltas 623-07
ILMO. SR. MAGISTRADO
D. FRANCISCO DAVID CUBERO FLORES
SENTENCIA N º 52/2008
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
En Madrid, a veinticuatro de Enero de dos mil ocho.
El Ilmo. Sr. D. FRANCISCO DAVID CUBERO FLORES, Magistrado de esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Unipersonal en turno de reparto, conforme a lo dispuesto en el artículo 82.2 párrafo 2º de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, ha visto en segunda instancia, ante ésta Sección 16ª la presente apelación contra Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Madrid, en el Juicio de faltas seguido ante dicho Juzgado bajo el número 623-07, conforme al procedimiento establecido en el artículo 976 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal según la nueva redacción dada por la Ley 10/92 del 30 de Abril, habiendo sido partes: El apelante Manuel, con impugnación de Alicia.
El Juzgado de Instrucción nº 1 de Madrid, en el juicio de faltas antes mencionado, dictó con fecha 28 de Septiembre de 2007 sentencia en dicho procedimiento, cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente:
"FALLO: Debo absolver a la denunciada Alicia, de la falta de Injurias leves origen de la causa, con reserva de las acciones civiles al denunciante-perjudicado Manuel, y declaración de las costas de oficio."
Notificada dicha Sentencia a las partes personadas, por Manuel se interpuso Recurso de Apelación, que autoriza el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que hizo las alegaciones que se contienen en sus escritos del recurso que aquí se tienen por reproducidas, no pidiéndose la práctica de ninguna diligencia de prueba dándose traslado del escrito de personación por el Juez de Instrucción a las demás partes personadas por el plazo de diez días comunes para que pudieran adherirse o impugnarlo.
Recibido el procedimiento en esta Audiencia y Sección 16ª el día 26 de Noviembre de 2007 se acordó la formación del rollo, al que correspondió el nº RJ 476-07 acordándose por la Sala se dictase la resolución correspondiente por el Magistrado Unipersonal reseñado al principio de la presente. Como quiera que no se remitió con la causa la grabación del juicio en formato DVD y que el acta no correspondía al juicio que nos ocupa, se solicitó al Juzgado de Instrucción la remisión de dicha grabación, lo que se efectuó con fecha de entrada en esta sección de la Audiencia Provincial el día 10 de Enero de 2008.
Se aceptan y se dan por reproducidos íntegramente los que como tales figuran en la Sentencia apelada.
Se encuentra este Tribunal con la problemática de tener que hacer frente a un recurso interpuesto contra una sentencia de primera instancia, absolutoria con el que se pretende una condena, por entender la parte apelante que la sentencia incurre en un error de derecho al no considerar injuria leve la expresión "ladrón" que se consigna como acreditada y proferida por la denunciada en los hechos probados.
En efecto la falta de injurias leves prevista en el ...
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