SAP Vizcaya 199/2007, 13 de Marzo de 2007

PonenteIGNACIO OLASO AZPIROZ
ECLIES:APBI:2007:688
Número de Recurso83/2006
ProcedimientoRecurso apelación procedimiento ordinario LEC 2000
Número de Resolución199/2007
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 4ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ªplanta- C.P. 48001

Tfno.: 94-4016665

Fax: 94-4016992

N.I.G. 48.02.2-03/008281

A.p.ordinario L2 83/06

O.Judicial Origen: Jdo. 1ª Instancia nº 3 (Barakaldo)

Autos de Pro.ordinario L2 740/03

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Recurrente: CEDRO CENTRO ESPAÑOL DE DERECHOS REPROGRAFICOS CEDRO

Procurador/a: XABIER NUÑEZ IRUETA

Recurrido: PATRICIA Y MIKEL KOPIAK S L L - KOPI - PLAN -

Procurador/a: PAULA BASTERRECHE ARCOCHA

SENTENCIA Nº 199/07

ILMOS. SRES.

  1. FERNANDO VALDÉS SOLÍS CECCHINI

  2. IGNACIO OLASO AZPIROZ

DÑA. REYES CASTRESANA GARCÍA

En BILBAO, a trece de Marzo de dos mil siete.

Visto en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Srs. Magistrados, el procedimiento PRO.ORDINARIO L2 740/03, procedente del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Barakaldo y seguido entre partes: Como apelante CENTRO ESPAÑOL DE DERECHOS REPROGRÁFICOS CEDRO representado por el Procurador Sr. Núñez Irueta y dirigido por el Letrado Sr. Lasagabaster Tobalina y como apelada que se opone al recurso PATRICIA Y MIKEL KOPIAK S.L.L. -KOPI-PLAN- representada por la Procuradora Sra. Basterreche Arcocha.

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 30 de Junio de 2005 es de tenor literal siguiente:

"FALLO: ESTIMAR parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador don Jesús Fuente Lavín, en nombre y representación de Centro Español de Derechos Repográficos, contra PATRICIA Y MIGUEL KOPIAK S.L.L., y en su virtud,

  1. Declaro:

    1. Que la demandada ha llevado a cabo la reproducción ilícita de obras impresas o reprografía ilegal vulneradora de derechos de propiedad intelectual.

    2. Que la demandada si pretende utilizar, mediante el sistema de reproducción por reprografía o máquina fotocopiadora, se haya obligada a solicitar del actor la pertinente autorización o licencia para la utilización de las obras impresas del repertorio de CEDRO, y solo para el caso de que vaya a utilizarlo. Consecuentemente, le queda prohibido, sin licencia o autorización, reproducir obras que formen parte del repertorio del actor.

  2. Condeno al demandado:

    1. A estar y pasar por las anteriores declaraciones.

    2. A cesar en la actividad ilícita de reproducción o fotocopiado de obras protegidas por la legislación sobre propiedad intelectual, con prohibición de reanudarla, en tanto no cuete con la pertinente licencia de reproducción.

    1. A indemnizar a CEDRO, en concepto de daños y perjuicios en la cantidad de 333,60 euros.

    Sin pronunciamiento sobre las costas."

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de la demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 83/06 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. IGNACIO OLASO AZPIROZ.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se presentó demanda por el Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO), como Entidad de Gestión de Derechos de Propiedad Intelectual, contra la mercantil Miguel Kopiak, S.L., titular del establecimiento sito en Portugalete que gira bajo el nombre de "Kopi Plan";...

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