SAP Barcelona 81/2008, 5 de Febrero de 2008
Ponente | JOSE GRAU GASSO |
ECLI | ES:APB:2008:1119 |
Número de Recurso | 16/2008 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 81/2008 |
Fecha de Resolución | 5 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN TERCERA
ROLLO Nº 16/2008
JUICIO DE FALTAS Nº 932/2007
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 15 DE BARCELONA
APELANTE: María Luisa
Magistrado:
JOSE GRAU GASSO
SENTENCIA nº 81/2008 / 05
Barcelona, a cinco de febrero del dos mil ocho.
VISTO el presente Rollo de Apelación nº 16/2008, dimanante del Juicio de Faltas nº 932/2007 del Juzgado de Instrucción nº 15
de Barcelona, seguido por Injurias, Vejaciones y Coacciones, en el que se dictó sentencia el día 13 de noviembre del año 2007.
Ha sido parte apelante María Luisa ; y parte apelada el Ministerio Fiscal y Jose Daniel.
La parte dispositiva de la sentencia apelada, a la que anteriormente se ha hecho mención, dice lo siguiente: "FALLO: Que debo condenar y condeno a María Luisa, como autora de una falta de coacciones a la pena de veinte días de multa con una cuota de doce euros diarios, que hacen un total de doscientos cuarenta euros, con la responsabilidad establecida en el art. 53 del Código Penal en caso de impago, condenándola igualmente a las costas del juicio si las hubiere".
Notificada dicha resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación dentro del plazo legal de cinco días por la parte apelante ya indicada en el encabezamiento de esta resolución. Admitido a trámite dicho recurso se cumplimentó por el Juzgado de Instrucción el traslado del mismo a las demás partes, por un plazo común de diez días, para que pudieran alegar lo pertinente en defensa de sus derechos. Posteriormente, los autos se elevaron a esta Audiencia Provincial de Barcelona.
Recibida la causa en esta Sección Tercera de la Audiencia el pasado 28 de enero, a la que corresponde el conocimiento de los recursos procedentes de aquel Juzgado de Instrucción, se dictó providencia ordenando la incoación del presente Rollo de Apelación, que fue numerado y registrado. Con arreglo al turno de reparto previamente establecido se me nombró magistrado ponente para actuar como Tribunal unipersonal (art. 82.2 de la LOPJ ); y tras examinar las diligencias y los escritos presentados, no habiéndose solicitado prueba en esta alzada ni celebración de vista, quedó pendiente la resolución del recurso, lo que se efectúa mediante esta resolución en el día de la fecha.
SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en esta alzada los hechos que se han declarado probados en la sentencia apelada. También sus fundamentos jurídicos en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Madrid 134/2010, 6 de Mayo de 2010
...exigidos por el art.74-1 del CP, como han entendido anteriormente otros tribunales en resoluciones de las que se pueden citar las SAP Barcelona de 5-2-2.008, SAP Navarra de 5-12-2.007 y SAP Málaga de De acuerdo con el art.240 de la LECr no se hace imposición de costas en esta segunda instan......