Sentencia de Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª nº 24/2008, de 25 de Enero 2008

Audiencias Provinciales

Recurso nº 6/2008, Ponente LUIS BARRIENTOS MONGE
Sentencia nº 24/2008

Enlazado como:



Resumen


"JUICIO DE FALTAS. FALTA DE DAÑOS. DOLO. El delito de daños no exige un dolo específico; basta con un dolo de segundo grado, e incluso un dolo eventual. Como señla la sentencia del Tribunal Supremo existe el delito de daños aunque el culpable no hubiese buscado directamente la causación de los daños, bastando que los asumiese como resultado o consecuencia muy probable de su acción; en el mejor de los casos para el recurrente, este último dolo sería predicable respecto de su conducta, de proceder a realizar una actividad peligrosa, como es le sulfatado, en las inmediaciones de plantaciones de su vecino, por lo que era previsible que se produjese tal resultado dañoso, actuando aquél aún cuando se lo representase. En primera instancia se condena al acusado. Se desestima la apelación. "

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


Sentencia nº 24/2008 de Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª, de 25 de Enero 2008

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

LA CORUÑA/A CORUÑA

SENTENCIA: 00024/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA/A CORUÑA

Sección 002

Rollo: 0000006 /2008-b

Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de NOYA/NOIA

Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 0000033 /2007

NUMERO 24

A Coruña, a veinticinco de Enero de dos mil ocho.

EL ILMO. MAGISTRADO DON LUIS BARR...

Ver el contenido completo de este documento


Cargando preview de artículo ... cerrar