SAP Murcia 78/2007, 23 de Marzo de 2007

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2007:515
Número de Recurso277/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución78/2007
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00078/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL MURCIA. SECCIÓN CUARTA

APELACIÓN CIVIL. ROLLO Nº. 277/06

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Jaime Giménez Llamas

Magistrados

S E N T E N C I A Nº 78

En la ciudad de Murcia, a veintitrés de marzo de dos mil siete.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 1.546/05, -rollo nº 277/06-, entre las partes, actora Olroni, S.L., con domicilio social en Murcia, Avenida San Juan de la Cruz, s. n. con C.I.F. nº B-30291355, representada por el Procurador Sr. Jiménez Martínez y dirigida por el Letrado Sr. Pérez Abad; y demandada, Germán Rodríguez, S.A., con domicilio social en Murcia, Beniaján, calle Camino de Los Pinos nº 61, y D. Fidel, mayor de edad, con D.N.I. nº NUM000, representados por el Procurador Sr. De Hita Lorente y dirigidos por el Letrado Sr. Orenes Bastida.

Versando sobre tutela sumaria de la posesión.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por Olroni S.L. contra la sentencia de 19 de abril de 2006, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Murcia; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES

DE HECHO

Primero

La referida resolución contiene el siguiente fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador D. CARLOS JIMÉNEZ MARTINEZ en nombre y representación de LA MERCANTIL OLRONI, S.L. contra LA ENTIDAD GERMÁN RODRÍGUEZ, S.A. y D. Fidel representados por el Procurador D. JUAN DE HITA RODRÍGUEZ debo absolver y absuelvo a la parte demandada de las pretensiones aducidas en su contra, con expresa condena en costas a la parte actora".

Segundo

Contra dicha sentencia se interpuso por Olroni S.L. recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 277/06, y se señaló el 22 de marzo de 2007 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La mercantil Olroni S.L. interpuso demanda de Juicio Verbal sobre tutela sumaria de la posesión, exponiendo que era propietaria de una finca en el partido de Beniaján, con una cabida de 54 áreas y 50 centiáreas, que lindaba al oeste con D. Fidel y resto de finca mayor, de donde se segregó, y había comprado en abril de 1992.

A dicha finca se accedía, según la actora, a través de una calle de 12 metros de ancho que llegaba hasta ella desde la carretera de Beniaján.

A la entrada de dicho camino, Germán Rodríguez S.A., cuyo administrador era D. Fidel, tenía una nave y posteriormente había adquirido otras situadas a una y otra parte de la calle, desde su entrada por la carretera de Beniaján hasta su confluencia con el carril de Los Gálvez y la finca de la actora. Y en julio de 2005, los demandados habían roto una tubería de agua que discurría bajo el asfalto de la calle y abastecía las instalaciones de la actora desde 1992, e igualmente habían colocado un voladizo para sombra, que ocupaba el vuelo de la mitad...

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