Sentencia de Audiencia Provincial - Girona, Sección 1ª nº 352/2004, de 17 de Noviembre 2004
Recurso nº 162/2004, Ponente FERNANDO LACABA SANCHEZ
Sentencia nº 352/2004
Recurso nº 162/2004, Ponente FERNANDO LACABA SANCHEZ
Sentencia nº 352/2004
Resumen
TRANSMISIÓN DE ACCIONES. LAUDO ARBITRAL. INCONGRUENCIA ULTRA PETITUM. ARBITRAJE DE EQUIDAD. Se reclama contra el laudo arbitral que estima la solicitud de invalidez de transmisión de acciones. El árbitro ha resuelto todas y cada una de las peticiones de las partes con individualidad manifiesta, dando respuesta autónoma e independiente a cada una de ellas y lo único que ha hecho es aclarar el plazo para ejercer el derecho de adquisición preferente que reconoce a la entidad que promovió el arbitraje, resultando que la pretendida incongruencia del laudo con las peticiones de las partes ni se ha producido ni tiene apoyo legal en el artículo 45.4 de la Ley de Arbitraje, donde sólo está permitido cuestionar la resolución «ultra y extra petitum» de los árbitros, pero no las posibles deficiencias del laudo, como tampoco crear dificultades respecto del móvil de paz y cordialidad que a los mismos se encuentra confiado, máxime cuando estamos en presencia de un arbitraje de equidad, donde la misión del árbitro es decidir según su leal saber y entender, más allá del rigor que impone el estricto sometimiento a derecho. Se desestima el recurso de anulación.
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Sentencia nº 352/2004 de Audiencia Provincial - Girona, Sección 1ª, de 17 de Noviembre 2004
D. FERNANDO LACABA SANCHEZD. FERNANDO FERRERO HIDALGOD. CARLES CRUZ MORATONES
AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION PRIMERA GIRONAAPELACION CIVILRollo nº 162/2004Recurso de anulación de laudo arbitralEn este recurso se ha acumulado el recurso de anulación de laudo nº 166/2004 de la Sección 2ª de esta Audiencia ProvincialAutos: Arbitraje de equidad nº 34/2003Tribunal de Arbitraje de BarcelonaSENTENCIA Nº 352/2004Ilmos. Sres.:PRESIDENTEDon Fernando Lacaba SánchezMAGISTRADOSDon Fernando Ferrero HidalgoDon Carles Cruz MoratonesEn Girona, a diecisiete de Noviembre de dos mil cuatro.VISTO, ante esta Sala el Recurso de anulación de laudo arbitral nº 162/2004, en el que ha sido parte recurrente FIBAC, S.A., representada por el Procurador D. CARLOS JAVIER SOBRINO CORTÉS y dirigida por el Letrado D. ALEJANDRO FERRERES COMELLA, sustituido por la Letrada DÑA. CRISTINA AYO FERRÁNDIZ; y como parte adherida al recurso DERIVADOS CÁLCICOS, S.A. (DECSA), representada por el Procurador D. LLUIS MARTINEZ FERRER y dirigida por el Letrado D. EUGENIO SALINAS FRAUCA y como parte contraria GRUB, S.L., representada por la Procuradora DÑA. MARIA ÀNGELS VILA REYNER, sustituida por la Proc...Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
vlex
/
tribunal
117