SAP Palencia 262/2007, 22 de Octubre de 2007

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Palencia, seccion 1 (civil y penal)
Número de resolución262/2007
Fecha22 Octubre 2007

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

PALENCIA

SENTENCIA: 00262/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

PALENCIA

Sección 001

Domicilio : PLAZA DE ABILIO CALDERÓN 1

Telf : 979.167.701

Fax : 979.746.456

Modelo : SEN01

N.I.G.: 34120 37 1 2007 0100232

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000222 /2007

Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de CERVERA DE PISUERGA

Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000052 /2006

RECURRENTE : FUENTEOLID S.L.

Procurador/a : Mª VICTORIA CORDON PEREZ

Letrado/a :

RECURRIDO/A : Catalina

Procurador/a : ELENA RODRIGUEZ GARRIDO

Letrado/a : LUIS VILDA MORENO

Este Tribunal compuesto por los Sres. Magistrados que se indican al margen ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA NUMERO DOSCIENTOS SESENTA Y DOS

SEÑORES DEL TRIBUNAL

Ilmo. Sr. Presidente

DON CARLOS J. ALVAREZ FERNANDEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON MIGUEL DONIS CARRACEDO

DON CARLOS MIGUELEZ DEL RIO

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Palencia, a veintidós de octubre de dos mil siete

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PALENCIA, los

Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000052 /2006, procedentes del JDO.1A.INST.E

INSTRUCCION N.2 de CERVERA DE PISUERGA, a los que ha correspondido el Rollo 0000222

/2007, en virtud del Recurso de Apelación interpuesto contra la sentencia recaída en el mismo de

fecha 4/04/07 en los que aparece como parte apelante FUENTEOLID S.L. representado por la

procuradora D. Mª VICTORIA CORDON PEREZ, y asistido por el Letrado D. JOSE OSCAR

CRIADO GONZALEZ, y como apelada Dª. Catalina representado por la

procuradora Dª. ELENA RODRIGUEZ GARRIDO, y asistido por el Letrado D. LUIS VILDA

MORENO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON MIGUEL DONIS CARRACEDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y se de por reproducidos los antecedentes de hechos contenidos en la resolución recurrida.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia interpuso la parte actora el presente Recurso de Apelación, exponiendo las alegaciones en las que se basaba su impugnación, que fue admitido en ambos efectos, y previo traslado a las demás Partes para que presentaran escritos de impugnación o adhesión, fueron elevados los autos ante esta Audiencia, y al no haber sido propuesta prueba, es procedente dictar sentencia.

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la Resolución recurrida en tanto no se opongan a los de la presente Resolución.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Frente a la sentencia de 4-4-2.007, procedente del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de los de Cervera de Pisuerga y por la que se desestimó la demanda al apreciarse la excepción de falta de legitimación pasiva en su día esgrimida, se alza la representación procesal de la mercantil FUENTEOLID S.L interesando la revocación de mencionada resolución, en base a los argumentos que se contienen en su escrito de recurso.

Por su parte, la representación procesal de Catalina, en su escrito de oposición al de apelación instado, interesó la íntegra confirmación de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

De un nuevo examen de las actuaciones, en relación con la prueba actuada, hemos de llegar a solución IDÉNTICA a la sustentada por el Juzgador de instancia en su impugnada resolución.

En efecto y a modo de breve sinopsis de lo actuado, consta manifestado en el escrito rector que el 16-7-2.001 Donato, firmando la orden de reparación y la solicitud de presupuesto (folio 12), depositó en las dependencias de la mercantil apelante (concesionario oficial de BMW en Valladolid) el de la misma marca M-6615-YC, que había sufrido previamente un accidente de tráfico por lo que presentaba graves desperfectos, cuyo conductor habitual era referida persona a la que el concepto público la consideraba como real propietario y como así se extrae del escrito de...

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