SAP Madrid 22/2006, 26 de Enero de 2006

PonenteADRIAN VARILLAS GOMEZ
ECLIES:APM:2006:5215
Número de Recurso64/2005
Número de Resolución22/2006
Fecha de Resolución26 de Enero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª

ADRIAN VARILLAS GOMEZJUAN PELAYO MARIA GARCIA LLAMASMARIA PILAR ABAD ARROYO

Dª GRACIA CASTRO-VILLACAÑAS PÉREZ ROLLO.- 64/05 PA

SECRETARIO DE LA SALA.- DIL. PREV.- 6996/04/04

JDO. INST.- Nº 25-MADRID

SENTENCIA NÚMERO 22

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILTMOS. SRES. DE LA SECCION TERCERA

D. ADRIAN VARILLAS GOMEZ

D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS

Dª Mª PILAR ABAD ARROYO

Madrid a 26 de Enero de 2006.

VISTA, en juicio oral y público, ante la SECCION TERCERA de esta AUDIENCIA PROVINCIAL la causa nº 6996/04 procedente del JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 25 de Madrid, seguida por un delito de lesiones, como acusado Gaspar, con DNI NUM000, de 28 años de edad, nacido el 20 de Septiembre de 1.977, hijo de José Antonio y de María del Pilar, natural de Madrid y vecino de Alcalá de Henares (Madrid) con domicilio en la C/ DIRECCION000NUM001, Esc. NUM002NUM003, sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, en la que han sido partes el Ministerio Fiscal, la acusación particular personada, Abelardo, representado por la Procuradora Dña. Ana Fuentes Hernangomez y defendido por la Letrada Dña. Mª del Carmen Calleja Plaza y dicho acusado, representado por el procurador D. Gonzalo Mª Muñiz Zubeldia y defendido por el letrado D. José Luis Cerdeira Villegas; FIATC, Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, representada por el procurador D. Gonzalo Herraiz Aguirre y defendida por el letrado D. Alberto González Martín, como responsable civil directo y Asesores de Hosteleria y Espectáculos S.L.,- Discoteca Copérnico - como responsable civil subsidiario, y siendo ponente el Magistrado D. ADRIAN VARILLAS GOMEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal en su escrito de acusación, calificó los hechos como constitutivos de un delito de lesiones de los artículos 147.1 y 150 del Código Penal , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal estimando autor criminalmente responsable al acusado, por lo que solicitó se le impusiera la pena de cuatro años de prisión, accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante la condena y costas. Indemnizará a Abelardo en 960 euros por días de curación y 3.000 euros por las secuelas, con la responsabilidad civil directa de FIATC y subsidiaria de la empresa Asesores de Hosteleria y Espectáculos S.L..

La acusación particular personada solicitó en su escrito de acusación para el...

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