SAP Barcelona 23/2008, 7 de Enero de 2008
Ponente | MARIA DOLORES BALIBREA PEREZ |
ECLI | ES:APB:2008:162 |
Número de Recurso | 177/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 23/2008 |
Fecha de Resolución | 7 de Enero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
BARCELONA
SECCION SEXTA
ROLLO Nº 177/07
JUICIO DE FALTAS Nº 373/07
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 22 DE BARCELONA
S E N T E N C I A Nº
Ilma. Sra. Magistrada
Dª Mª DOLORES BALIBREA PÉREZ
En la ciudad de Barcelona a siete de Enero de dos mil ocho
La sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituida con la Ilma. Sra. referenciada al margen, ha visto, en grado de apelación, el presente Juicio de Faltas, seguido al número 373/07 por el Juzgado de Instrucción número 22 de los de Barcelona por una falta de lesiones, en el que fueron partes Baltasar y Transports de Barcelona SA como denunciantes y Juan María como denunciado, cuyas demás circunstancias personales obran referenciadas en autos, y, estando dicho procedimiento pendiente ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por Transports de Barcelona SA contra la Sentencia dictada en primera instancia de fecha 17-7-2007.
A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
La parte dispositiva de la Sentencia recurrida es del tenor literal siguiente:
FALLO: Que debo condenar y condeno a Juan María como autor de una falta de lesiones, a la pena de TREINTA DÍAS DE MULTA con una cuota diaria de diez euros, lo que asciende a 300 euros y al pago de las costas devengadas excluidas las de la acusación particular.
En concepto de responsabilidad civil indemnizará a Baltasar en la suma de 50 euros por cada uno de los días impeditivos y en 27 euros por cada uno de los días no impeditivos, que en ejecución de sentencia dictamine el médico forense. Absolviéndole de la falta de injurias por la que venía acusado y no habiendo lugar a otros pedimentos indemnizatorios.
Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de apelación por Transports de Barcelona SA y admitido se le dio el trámite correspondiente por el propio instructor, elevándose las actuaciones a esta Sección de la Audiencia para la resolución del recurso.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales con excepción del plazo para dictar sentencia por el exceso de trabajo que pesa sobre esta Sección.
SE ACEPTA la declaración de hechos probados contenida en la Sentencia apelada.
SE ACEPTAN los de la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los de la presente resolución.
El recurso interpuesto por la mercantil referida se circunscribe a impugnar el pronunciamiento de la sentencia que rechaza la indemnización que la misma solicitaba. Se argumenta en el recurso que como consecuencia de la agresión del condenado al conductor del autobús, el vehículo quedó...
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