Sentencia de Audiencia Provincial - Asturias, Sección 6ª nº 448/2007, de 03 de Diciembre 2007

Audiencias Provinciales

Recurso nº 481/2007, Ponente JOSE MANUEL BARRAL DIAZ
Sentencia nº 448/2007

Enlazado como:



Resumen


MALA FE. PROPIEDAD. El silencio del demandado a las diferentes reclamaciones que recibió, sin advertir que el inmueble era propiedad de su padre, supone una mala fe en el mismo por dar lugar a un procedimiento que, de conocer tal dato, no tendría lugar. Se trata, no puede olvidarse, de atender a la pretensión del actor en cuanto fue perjudicado por un inmueble del padre del demandado, que nada hizo para atemperarlo, antes al contrario, con su silencio irresponsable provocó la actuación judicial, cuando bien fácil le era evitarla. Se estima en parte el recurso de apelación.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


Sentencia nº 448/2007 de Audiencia Provincial - Asturias, Sección 6ª, de 03 de Diciembre 2007

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

OVIEDO

SENTENCIA: 00448/2007

RECURSO DE APELACION (LECN) 0000481 /2007

En OVIEDO, a tres de diciembre de dos mil siete. La Sección Sexta de la Audiencia Provincial, compuesta por, los Ilmos. Srs.

D. José Manuel Barral Díaz, Presidente; Dª Maria Elena Rodrí...

Ver el contenido completo de este documento


Cargando preview de artículo ... cerrar