Sentencia nº 497/2006 de AP Zaragoza, Sección 2ª, 24 de Octubre de 2006

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Abogados Civil

Resumen


RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. SERVICIOS DE CATERING-VENDING: Si ""Profectus"" y ""EDS"" firmaron el contrato en mayo de 2003 y es el 15 julio 2003 cuando ""EDS"" comunica a la primera la relación de contratos de RE por edificios, con sus condiciones económicas, no puede hacerse recaer sobre ""Profectus"" el nuevo coste de un servicio que multiplicaba por cinco el pactado en el contrato, pues tal posibilidad, que quedaba al margen de la vía obligada del control de cambios previsto en el contrato, conllevaría una modificación unilateral de sus condiciones. Se estima parcialmente la demanda y reconvención. Se estima la apelación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Reconvenido

Extracto


Sentencia nº 497/2006 de AP Zaragoza, Sección 2ª, 24 de Octubre de 2006

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00497/2006

SENTENCIA NÚMERO: 497/06

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. JULIAN CARLOS ARQUÉ BESCÓS

Magistrados:

D. FRANCISCO ACIN GARÓS

Dª MARIA ELIA MATA ALBERT

En ZARAGOZA, a veinticuatro de octubre de dos mil seis.

Visto por la Sección Segunda de ésta Audiencia Provincial el presente recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1, de los de Zaragoza, en el juicio ordinario nº 560/05, ROLLO DE APELACIÓN NUMERO 104/06, en el que es apelante "PROFECTUS SPAIN S.L", representada por la Procuradora Dª Maria Pilar Balduque Martín y asistida por el Letrado D. José Ramón Rambla Pastor, siendo apelada impugnante "ELECTRONIC DATA SYSTEMS ESPAÑA S.A.", representada por el Procurador D. Emilio Peña Bonilla y asistida por el Letrado D. Javier Bustillo Muñoz, y

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los que figuran en la sentencia apelada, y

PRIMERO.- Por la Ilma. Sra....

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