SAP Murcia 30/2008, 21 de Enero de 2008

PonenteANDRES PACHECO GUEVARA
ECLIES:APMU:2008:100
Número de Recurso229/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución30/2008
Fecha de Resolución21 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00030/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MURCIA

Sección 001

Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA

Telf : 968-229183

Fax : 968-229184

Modelo : SEN00

N.I.G.: 30030 37 1 2007 0100812

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000229 /2007

Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de TOTANA

Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000041 /2003

RECURRENTE : LIBERTY SEGUROS OOOOOOO

Procurador/a : JOSE MARIA JIMENEZ-CERVANTES NICOLAS

Letrado/a : FRANCISCO MORENO RODRIGUEZ

RECURRIDO/A :

Procurador/a :

Letrado/a :

SENTENCIA Nº 30/08

ILMOS SRES

D. Andrés Pacheco Guevara

Presidente

D. Fernando López Del Amo González

Dña. María Pilar Alonso Saura

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a veintiuno de enero de dos mil ocho.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados expresados, ha conocido en grado de apelación las actuaciones de orden civil, Rollo nº 229/07, dimanante del Juicio Verbal tramitado en el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Totana y seguido entre la aseguradora Liberty Seguros como demandante y la también aseguradora La Patria Hispana, sí como la mercantil Victoria C.H.D. SL y D. Oscar, como demandados, ello en virtud del recurso de apelación promovido por la parte demandante, dirigida en esta alzada por el Letrado Sr. Moreno Rodríguez, mientras que la apelada lo ha sido por el también Letrado Sr. De la peña Abellán, y siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Andrés Pacheco Guevara, que expresa la convicción de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos principales de que el presente rollo dimana, el Juzgado de Primera Instancia con fecha 11/9/06 dictó sentencia, cuyo fallo es del tenor siguiente: "DESESTIMO ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Jiménez-Cervantes Nicolás, en nombre y representación de la entidad Liberty Seguros, contra D. Oscar, la entidad Victoria C.H.D., S.L. y La Patria Hispana Compañía de Seguros; con expresa imposición de costas a la parte actora."

SEGUNDO

Contra la citada resolución y en legal forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte antes citada, siendo admitido en ambos efectos, lo que originó, tras la tramitación oportuna, la remisión de los autos originales a esta Sala, señalándose, tras los traslados pertinentes, para votación y fallo del recurso el día de hoy, quedando los autos pendientes de resolución.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En orden contrario al seguido por la juez a quo en los fundamentos jurídicos de su resolución, cabe indicar primeramente que en modo alguno el evento enjuiciado es ajeno a la legislación sobre tráfico y circulación de vehículos, pues no le afecta la exención contemplada por el art. 1.4 del Texto Refundido de la vigente Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, mencionada en aquella sentencia, ya que no se produjeron los daños cuya cobertura se reclama durante la realización de tareas...

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