Sentencia nº 114/1999 de AP Navarra, 26 de Mayo de 1999
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Resumen
RESPONSABILIDAD OBJETIVA. DAÑOS POR ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN. DETERMINACIÓN DE LA CULPA. El vehículo asegurado llegó a alcanzar al esposo de la actora atropellándolo y proyectándolo contra el suelo, en el paso de peatones existente, pero no queda acreditado que el otro vehículo llegara a atropellar al esposo de la actora, pues en éste ningún daño fue apreciado. No puede considerarse negligencia exclusiva, como para rechazar el resarcimiento del daño causado a su esposa por el fallecimiento, cuando se evidencia por prueba objetiva que el conductor del vehículo, asegurado por la recurrente, circulaba a velocidad superior a la permitida en pleno casco urbano, y con velocidad que necesariamente incidió en el atropello. Concurre en consecuencia culpa tanto en la víctima, como en el conductor asegurado por la recurrente. En primera instancia se estima la demanda. Se condena a una de las Aseguradoras, pero se absuelve a la otra. Se estiman parcialmente las apelaciones interpuestas por la actora y la demandada. La Previsión Sanitaria Nacional debe abonar a la actora no la suma de 5,000.000 de ptas. sino la de 6.000.000 ptas., manteniendo el resto de los pronunciamientos. Sin costas.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Aseguradora, Esposa
Extracto
Sentencia nº 114/1999 de AP Navarra, 26 de Mayo de 1999
FUNDAMENTOS DE DERECHO.
PRIMERO.- Son dos las partes, las que muestran su disconformidad con la sentencia de primera instancia, una total, la codemandada Previsión Sanitaria Nacional, que interesa se revoque la condena que le ha sido impuesta de indemnizar a la actora en cinco millones de ptas. por el perjuicio sufrido a consecuencia del fallecimiento de su marido, y se dicte otra por la que sea absuelta, y otra parcial, la formulada por la actora, que pretende principalmente que la condena alcance también a la otra aseguradora absuelta por la sentencia de primera instancia (Mutua Madrileña Automovilística), y que quede fijada la indemnización en catorce millones de ptas., a cargo de ambas aseguradoras. Subsidiariamente plantea, de mantenerse la absolución de Mutua Madrileña Automovilí...Ver el contenido completo de este documento
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