Ponente Santos Bozal Gil
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Id. vLex: VLEX-16284721
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"RESPONSABILIDAD CIVIL. RESPONSABILIDAD OBJETIVA. DAÑOS POR ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN. CULPA. En presencia de daños por accidente de circulación y ante una intervención culposa de ambos conductores implicados, deberá dar lugar a la compensación de las culpas concurrentes. Se desestima la demanda. Se estima parcialmente la apelación."

Código Civil. - Artículo 1902
Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. - Artículo 1
RESOLUCIÓN PTO/433/2008, de 20 de febrero, de convocatoria para el otorgamiento de las ayudas que establece la Ley 2/2004, de 4 de junio, de mejora de barrios, áreas urbanas y villas que requieren una atención especial, y el Decreto 369/2004, de 7 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley mencionada. de 20 de febrero, de convocatoria para el otorgamiento de las ayudas que establece la Ley 2/2004, de 4 de junio, de mejora de barrios, áreas urbanas y villas que requieren una atención especial, y el Decreto 369/2004, de 7 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley mencionada.
Ejecución
Cuestiones generales
Partes y sujetos
Responsabilidad civil
Conductor
Responsabilidad civil
Culpa
Cuestiones generales
Culpa extracontractual
Sentencia de Audiencia Provincial - Sevilla, de 20 de Septiembre 1999
Ilmos. Sres.Don Pedro Márquez RomeroDon Fernando Sanz TalayeroDon Santos Bozal GilEn la ciudad de Sevilla, a veinte de Septiembre de mil novecientos noventa y nueve.La Sección Quinta de la Iltma. Audiencia Provincial de Sevilla ha visto en grado de apelación los autos del Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 5 de esta capital, donde se han seguido con el número 536 de 1998 en virtud de demanda deducida por la Procuradora Dña. Salud Jiménez Gutiérrez en nombre y representación de Don M.G.L., siendo demandados Don J.N.N., en situación procesal de rebeldía, la entidad Pelayo, Mutua de Seguros, a la que representa el Procurador Don Antonio Ruiz Gutiérrez, y el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, defendido por el Letrado consistorial....
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