Recurso nº 51/2007, Ponente RAFAEL YANGÜELA CRIADO
Sentencia nº 259/2007
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Id. vLex: VLEX-32952942
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INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FAMILIARES. RÉGIMEN DE VISITAS. RELEVANCIA PENAL. Se reclama contra la sentencia condenatoria por falta de incumplimiento de obligaciones familiares. no resulta apreciable, en el caso que nos ocupa, una trascendencia específica que requiera sanción penal, pues el hecho de no acudir en el plazo de un mes tres veces a recoger a su hijo, cuando tiene atribuido un régimen de visitas de dos veces por semana y fines de semana alternos, no tienen la suficiente relevancia penal para ser considerada como falta, toda vez que la conducta del padre es un derecho-deber para con su hijo que favorece en todo caso su relación con el mismo, siendo la obligación en todo caso para el progenitor custodio, por lo que el hecho de no ejercer las visitas, y en todo caso sin una continuidad que refleje una clara voluntad transgresora de las medidas judicialmente aprobadas, no tiene cabida dentro del ámbito penal, debiendo ser tenidas en su caso en consideración para la posible modificación en sede civil. Se estima el recurso de apelación.

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículo 618
Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882). - Artículo 123
Recurrente
Delitos contra las relaciones familiares
Delitos
Delitos contra las relaciones familiares
Sentencia nº 259/2007 de Audiencia Provincial - Bilbao, Sección 1ª, de 31 de Mayo 2007
OFICINA COMUN DE TRAMITACION PENAL
TRAMITAZIO PENALEKO BULEGO KOMUNAAUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIASección 1ªBARROETA ALDAMAR 10 3ª plantaTfno.: 94 401.66.68 Fax: 94 401.69.92RECURSO: Rollo ape.faltas 51/07-1ªProc.Origen: Juicio faltas 553/06Jdo.Instrucción nº 8 (Bilbao)Atestado nº: DENUNCIA ESCRITAApelante: JavierAbogado: MELISA VIÑEZ ARGÜESOProcurador:Apelado: EricaAbogado: MARIA TERESA BETES SAN...Pruebe GRATIS vLex durante 3 días
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