SAP A Coruña 553/2007, 30 de Noviembre de 2007

PonenteANTONIO MIGUEL FERNANDEZ-MONTELLS FERNANDEZ
ECLIES:APC:2007:2889
Número de Recurso483/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución553/2007
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

LA CORUÑA/A CORUÑA

SENTENCIA: 00553/2007

JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE A CORUÑA

Rollo: RECURSO DE APELACION 0000483 /2007

SENTENCIA

Nº 553/07

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Ilmos. Sres. Magistrados:

JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG

CARLOS FUENTES CANDELAS

ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ

En LA CORUÑA/A CORUÑA, a treinta de noviembre de dos mil siete.

Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de juicio ORDINARIO Nº 291/2005, sustanciado en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE A CORUÑA, que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE Y APELADA ZURICH ESPAÑA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., representada en primera y segunda instancia por la Procuradora Sra. Maneiro Martínez y con la dirección del Letrado Sr. Blázquez Blázquez y de otra como DEMANDADA Y APELANTE TRANSPORTES RAINO, LD, representada en primera y segunda instancia por la Procuradora Sra. Díaz Amor y con la dirección del Letrado Sr. Blanco López; versando los autos sobre RECLAMACION DE CANTIDAD POR DAÑOS EN MERCANCÍAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE A CORUÑA, con fecha 24-4-07. Su parte dispositiva literalmente dice: FALLO: "Que estimo íntegramente la demanda deducida por la Procuradora DOÑA DULCE MARIA MANEIRO MARTINEZ, en nombre y representación de ZURICH ESPAÁ, S.A., contra TRANSPORTES RAINO LDA., representada por la procuradora DOÑA MARTA DIAZ AMOR, y condeno a la expresada demandada a que pague a la actora la suma de DIEZ MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO EUROS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS (10.478,52 EUROS) de principal, más los intereses al tipo del 5 por ciento anual devengados desde el día 29 de septiembre de 2005 y hasta el completo pago.

Impongo a la parte demandada las costas causadas en esta instancia".

SEGUNDO

Contra la referida resolución por la demandada, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución.

TERCERO

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente litigio sometido a consideración judicial en la alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto, radica en la acción de subrogación ejercitada por la entidad aseguradora actora, "ZURICH ESPAÑA, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.", prevista en el artículo 43 de la Ley de Contrato de Seguro, en reclamación de la cantidad de 10.478,52 euros, más los correspondientes intereses legales, al haber indemnizado a su asegurado, la entidad transportista "Vicente Loureda García, S.L.", en la cantidad anteriormente señalada, debido a la producción de un siniestro amparado por la póliza concertada, y como consecuencia del pago por parte de su asegurada a la empresa propietaria de la mercancía, por la pérdida de parte de la transportada por carretera desde Santiago de Compostela hasta Tessaloniki (Grecia), que respondió del mismo pese a que la negligencia desencadenante del evento era imputable a la entidad subcontratada, la demandada "Transportes Raino, Lda.".

La resolución apelada estima la demanda, en aplicación del art. 43.3 de la Ley de Contrato de Seguro y del Convenio de 19 de mayo de 1956, al que se adhirió España por Instrumento de 12 septiembre de 1973, relativo al Convenio Internacional de Transportes de Mercancías por Carretera (CMR), y condena a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 10.478,52 euros, más los intereses al tipo del 5% anual devengados desde el día 29 de septiembre de 2005 y hasta el completo pago, con costas. Contra dicha resolución interpone recurso de apelación la demandada, interesando, con revocación de la sentencia apelada, la desestimación integra de la demanda, alegando, en síntesis, infracción del art. 3 del Convenio CMR y art. 1903.4, del Código Civil, y con ello falta de legitimación activa de la actora al carecer de acción por la vía de la subrogación, por cuanto actuó en todo momento por cuenta y orden de la entidad "Vicente Loureda García, S.L.", empresa transportista contratada.

SEGUNDO

Consta acreditado de la prueba practicada que la entidad "Vento Comercio Exterior, S.L." encomendó a la entidad "Vicente Loureda García, S.L." el transporte de pescado congelado por carretera, desde Santiago de Compostela hasta Tessaloniki (Grecia). Ésta última, subcontrata el transporte con la empresa "Transportes Raino, Lda.", y el conductor de la cabeza tractora, de su pertenencia, engancha la gabarra frigorífica vacía en las instalaciones de "Vicente Loureda García, S.L." en Santiago y se desplaza a Ribeira, donde se carga la mercancía, iniciando inmediatamente viaje hacia Grecia. Parte de la mercancía se perdió por la ruptura de la cadena de frío durante el viaje, ascendiendo su importe a 11.642,80 euros, que abona la entidad "Vicente Loureda García, S.L." al propietario de la mercancía, y la...

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