SAP Albacete 250/2005, 21 de Diciembre de 2005
Ponente | MANUEL MATEOS RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APAB:2005:954 |
Número de Recurso | 282/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 250/2005 |
Fecha de Resolución | 21 de Diciembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª |
SENTENCIA NUM. 250
EN NOMBRE DE S.M.EL REY
Ilmos.Sres.
Presidente
D. Eduardo Salinas Verdeguer
Magistrados
D. José García Bleda
D. Manuel Mateos Rodríguez
En Albacete a veintiuno de diciembre de dos mil cinco.
VISTOS en esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los autos nº 23/05 de Procedimiento Ordinario seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia de Villarrobledo y promovidos por Montserrat contra Mercadona, S.A.; cuyos autos han venido a esta Superioridad en virtud de recurso de apelación que, contra la sentencia dictada en fecha 16 de mayo de 2.005 por el Sr. Juez de Primera Instancia de dicho Juzgado , interpuso la referida demandada. Habiéndose celebrado Votación y Fallo en fecha 5 de diciembre de 2.005.
ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y
-
- Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que desestimando la demanda promovida por la Procuradora Sra. Parra Calero, en nombre y representación de Dª. Montserrat contra la mercantil Mercadona, S.A., debo absolver y absuelvo a esta última de las pretensiones ejercitadas en su contra, sin pronunciamiento en cuanto a las costas procesales.- Notifíquesela presente resolución a las partes con indicación de que contra la misma y de acuerdo con lo previsto en el artículo 455 de la L.E.C ., cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación de la misma.- Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo."
-
- Contra la Sentencia anterior se interpuso recurso de apelación por la demandante, representada por medio de la Procuradora Sra. Parra Calero, bajo la dirección de la Letrado Dª. Teresa Lozano Laguía, mediante escrito de interposición presentado ante dicho Juzgado en tiempo y forma, y emplazada la parte demandada, por la misma, representada por la Procuradora Sra. Hernández Tárraga, bajo la dirección de la Letrado Dª. Laura Gimeno Manzano, se presentó en tiempo y forma ante el Juzgado de Instancia escrito oponiéndose al recurso de apelación, elevándose los autos originales a esta Audiencia para su resolución, previo emplazamiento de las partes para su comparecencia ante esta Audiencia Provincial por término de treinta días, compareciendo la Procuradora Dª. Gala de la Calzada Ferrando en nombre y representación de Montserrat y el Procurador D. Jacobo Serra González en nombre y representación de Mercadona, S.A.
-
- En la sustanciación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales.
VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. Manuel Mateos Rodríguez.
Frente a la sentencia desestimatoria de la demanda planteada en reclamación de indemnización por daños y perjuicios derivados de una caída de la demandante en un supermercado de la demandada, la actora ha interpuesto recurso de apelación, expresando su discrepancia en cuanto a la forma en que se han valorado las pruebas en primera instancia.
Debe recordarse a la recurrente que, como se dice en la sentencia del Tribunal Supremo de 25 de julio de 2002 (Ardi RJ 2002, 7864), para que prospere una acción de responsabilidad por culpa extracontractual, es esencial la prueba del hecho generador del daño, y la misma "incumbe exclusivamente al que solicita su reparación", sin que sobre ella pueda "reclamarse inversión alguna de la carga de la prueba, ya que ésta solamente sería aplicable, una vez...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba