SAP Madrid 401/2007, 16 de Mayo de 2007
Ponente | MARIA MATILDE GURRERA ROIG |
ECLI | ES:APM:2007:4945 |
Número de Recurso | 842/2006 |
Número de Resolución | 401/2007 |
Fecha de Resolución | 16 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 27ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID.
SECCIÓN VIGÉSIMA SÉPTIMA.
ROLLO Nº 842/06 RP
JUZGADO DE LO PENAL Nº 5 DE MADRID
PROCEDIMIENTO ABREVIADO 241/05
SENTENCIA Nº 401/07
ILMAS. SRAS. MAGISTRADAS
DOÑA MARIA TARDON OLMOS (Presidenta)
DOÑA PILAR RASILLO LOPEZ
DOÑA MATILDE GURRERA ROIG (Ponente)
En Madrid, a 16 de mayo de 2007.
Vistos, en segunda instancia ante la Sección Vigésima Séptima de ésta Audiencia Provincial de Madrid, los autos correspondientes al juicio oral 241/05 quebrantamiento de medida cautelar y amenazas, siendo partes en esta alzada como apelante la denunciante Dña. Carmela representada por la Procuradora Dña. Elvira Encinas Llorente y como apelado el Ministerio Fiscal y la representación del acusado que impugnan expresamente el recurso, siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. MATILDE GURRERA ROIG, quien expresa el parecer de la Sala.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 5 de Madrid, en el procedimiento que más arriba se indica, se dictó sentencia de fecha 5 de mayo de 2006 cuyo relato fáctico es el siguiente: "Apreciado en conciencia la prueba practicada se declara probado que sobre Lorenzo, mayor de edad y sin antecedentes penales, con permiso de residencia en españa, pesaba una orden de alejamiento de fecha 13 de junio de 2004, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 20 de Madrid, respecto de su esposa Carmela, por un periodo de seis meses, pese a lo cual, reanudaron la convivencia en fecha no determinada de finales de agosto de 2004, sin oposición acreditada de su esposa, no constando que para ello le profiriese amenazas de que si no le dejaba entrar en la casa, iba a salir ella."
Y cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente: Que debo absolver y absuelvo libremente a Lorenzo de los delitos de quebrantamiento continuado de medida cautelar y amenazas de los que venía siendo acusado, declarándose de oficio las costas procesales causadas.
Se dejan sin efecto las medidas cautelares adoptadas durante la instrucción de la presente causa."
Notificada la sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la Procuradora Dña. Elvira Encinas Llorente en nombre y representación de la denunciante Dña. Carmela, que fue admitido y del que se confirió traslado por cinco días a las demás partes para que pudieran adherirse o impugnarlo.
En la tramitación del presente recurso, se han observado las prescripciones legales y el Tribunal ha llegado a sus conclusiones tras la pertinente deliberación.
SE ACEPTAN los de la sentencia apelada, que se dan aquí por reproducidos.
Por la representación de la denunciante Dña Carmela se interpone recurso de apelación contra la sentencia de instancia que absuelve a D. Lorenzo de los delitos de quebrantamiento de medida cautelar y amenazas, objeto de acusación, alegando error en la apreciación de la prueba.
Al tratarse la sentencia de instancia de una absolutoria y articularse el recurso contra la misma en error en la valoración de la prueba con independencia de que existan...
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