Sentencia nº 50/2007 de AP Guipúzcoa, Sección 1ª, 26 de Febrero de 2007

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Resumen


"DELITO CONTRA LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. Al tribunal revisor le compete verificar si el juicio de hecho es conciliable con las exigencias de racionalidad en la determinación del sentido específico de los medios de prueba desplegados en el juicio; controlar, en definitiva, la estructura racional del juicio de hecho. Por lo tanto, únicamente cabe apreciar un error en la apreciación de la prueba cuando las conclusiones fácticas obtenidas por el juzgador de instancia no son conciliables con los principios de la lógica, se apartan de las máximas de experiencia o no tienen apoyo en conocimientos científicos. En consecuencia, en el segundo grado jurisdiccional no se despliega un discurso tendente a convencer al operador judicial de la suficiencia de las pruebas practicadas para corroborar la propuesta de hechos que se ofrece; más bien se elabora una argumentación que con rigor analítico discute la racionalidad del juicio de hecho confeccionado por el juzgador de instancia. Se absuelve al acusado. Se desestima la apelación. "

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Acusado

Extracto


Sentencia nº 50/2007 de AP Guipúzcoa, Sección 1ª, 26 de Febrero de 2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIPUZKOA

GIPUZKOA KO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 1ª

Tfno.: 943-000711

Fax: 943 00 07 01

N.I.G.: 20.05.1-02/005863

ROLLO APE. ABREV 1018 /07

O.Judicial Origen: Jdo. de lo Penal nº 5 Donostia-San Sebastián

Procedimiento: Proced.abreviado 14/06

S E N T E N C I A N º 50/07

ILMOS. SRES.

DOÑA MARIA VICTORIA CINTO LAPUENTE

DON IGNACIO JOSE SUBIJANA ZUNZUNEGUI

DON AUGUSTO MAESO VENTUREIRA

En DONOSTIA - SAN SEBASTIAN, a veintiseís de febrero de dos mil siete.

La Ilma. Audiencia Provincial de Gipuzkoa, constituida por los Magistrados que arriba se expresan, ha visto en grado de apelación el Procedimiento Abreviado 14/06 del Juzgado de lo Penal nº 5, de los de Donostia-San Sebastián, seguido por un delito Contra la Propiedad Industrial, en el que figura como parte apelante F.G. SISTEMAS DE ALUMINIO, representada por la Procuradora Sra. Lopez- Rua y defendida por el Letrado Sr. Campos Jimenez, y como parte apelada DON Bruno y HARATEK IMPORTAKETA S.L., representados por la Procuradora Sra. Miranda Fernandez y defendidos por el Letrado Sr. Mujika Loiarte, así como el Ministerio Fiscal.

Todo ello...

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