SAP Lugo 10/2007, 9 de Enero de 2007

PonenteJOSE ANTONIO VARELA AGRELO
ECLIES:APLU:2007:6
Número de Recurso433/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución10/2007
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO

Sección 1.ª

SENTENCIA NUMERO 10

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

Dª MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR

MAGISTRADOS:

D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ

D. JOSÉ ANTONIO VÁRELA AGRELO

Lugo, nueve de enero de dos mil siete.

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n.° 433/2006,

dimanante del Juicio de Divorcio n. 234/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de

Villalba sobre divorcio contencioso; siendo apelante el demandante D. Francisco,

representado por el procurador Sr. Iglesias Martínez y asistido del letrado Sr. Dª. Pena Ceide y

apelados los demandados Doña Verónica, representado por el procurador Sr. Cedrón

López y asistido del letrado Sr. Alvaro Graiño y el Ministerio Fiscal; actuando como ponente el

Magistrado, Iltmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO VÁRELA AGRELO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha diecinueve de julio de dos mil seis, el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Villalba, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE DEMANDA presentada por el procurador Sr. Iglesias Martínez, en nombre y representación de D. Francisco, Y ESTIMANDO PARCIALMENTE LA RECONVENCIÓN interpuesta por la procuradora Sra. Cuba Cal, en nombre y representación de Da Verónica, DEBO DECLARAR Y DECLARO:

  1. - El divorcio del matrimonio formado por ambos.

  2. - Y la adopción de las siguientes medidas:

  1. La atribución a la madre de la guarda y custodia del hijo menor de edad, Alvaro, y la patria potestad compartida por ambos progenitores.

  2. La fijación a favor del padre del siguiente régimen de visitas: el padre podrá estar con el hijo menor de edad los fines de emana alternos desde las 20 horas de viernes hasta las 20 horas del domingo; la mitad de las vacaciones escolares de Navidad, Semana Santa y verano, disfrutando el padre de la segunda mitad de los años pares y la primera mitad los años impares. Las entregas y recogidas del menor se realizarán en el Punto de Encuentro Fonseca en A Coruña.

  3. El padre habrá de pasar la pensión alimenticia a favor de su hijo en la cuantía de 180 euros mensuales actualizables anualmente según el IPC, y pagadera por mensualidades anticipadas, dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que al efecto designe la madre del menor. Sin imposición de costas.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte actora, teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los...

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