SAP Madrid 47/2007, 22 de Enero de 2007

PonenteJOSE ANGEL CHAMORRO VALDES
ECLIES:APM:2007:1554
Número de Recurso579/2006
Número de Resolución47/2007
Fecha de Resolución22 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 22ª

MADRID

SENTENCIA: 00047/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 22

C/ FRANCISCO GERVAS N: 10 (PLANTA 12*)

Tfno.: 914936204-05-06-07- Fax: 914936210

N.I.G. 28000 1 7020177 /2006

Rollo: RECURSO DE APELACION 579 /2006

Proc. Origen: FILIACION 134 /2005

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de ALCOBENDAS

De: Miguel Ángel

Procurador: MERCEDES ESPALLARGAS CARBO

Contra: Mariana

Procurador: SUSANA SANCHEZ GARCIA

SENTENCIA

Magistrados:

Ilmo. Sr.D. Eduardo Hijas Fernández

Ilmo.Sr.D. Eladio Galán Cáceres

Ilmo.Sr. D. José Angel Chamorro Valdés

En Madrid, a veintidós de enero de dos mil siete.

La Sección Vigésimo segunda de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, los autos sobre relaciones paterno filiales, alimentos, guarda y custodia nº 134/05 procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Alcobendas y seguidos entre partes:

De una parte como apelante Don Miguel Ángel representado por la procuradora Doña Mercedes Espallargas Carbo.

De otra como apelada Doña Mariana representada por la procuradora Doña Susana Sánchez

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don José Angel Chamorro Valdés.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Que fechada el 26 de Enero de 2005, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Alcobendas se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando parcialmente la demanda interpuesta por Dª Mariana, representada por la Procuradora Dª Yolanda Pulgar Jimeno contra D. Miguel Ángel representado por el Procurador D. Jorge Berbabeu Trave, se elevan a definitivas acordadas mediante auto de fecha 15 de junio de 2005 y se establece el siguiente régimen de visitas del menor Jorge a favor de su tía materna:

Un fin de semana al mes desde el viernes a la salida del colegio hasta el domingo a las 20:00 que deberá restituir al menor en el domicilio del padre

Tres días durante las vacaciones de Navidad que no coincidan con los días festivos y quince días durante las vacaciones de verano.

Notifíquese ésta resolución a las partes y hágase saber a las mismas que contra ella podrán interponer ante este Juzgado recurso de apelación, que deberá prepararse en los cinco días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos quedando el original en el legajo, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo."

TERCERO

Notificada la mencionada sentencia a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de Don Miguel Ángel presentando en el escrito de alegaciones los motivos de su impugnación.

Se dio traslado del mismo a la otra parte que presentó escrito oponiéndose.

Remitidos los autos a esta Superioridad se acordó señalar deliberación, votación y fallo para el día 25 de Septiembre del año en curso.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La dirección letrada de Don Miguel Ángel se alzó contra la sentencia de instancia, reclamando que se desestime íntegramente la demanda formulada contra su defendido, con expresa condena en costas a la contraparte, mientras que la dirección letrada de Doña Mariana pidió la confirmación íntegra de la sentencia dictada por...

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