Sentencia de Audiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª nº 557/2007, de 14 de Diciembre 2007
Recurso nº 3/2007, Ponente JOSE ANTONIO NODAL DE LA TORRE
Sentencia nº 557/2007
Recurso nº 3/2007, Ponente JOSE ANTONIO NODAL DE LA TORRE
Sentencia nº 557/2007
Resumen
RECURSO DE APELACIÓN. RELACIÓN NEGOCIAL. CALIFICACIÓN. COMPRAVENTA. Se desestimo la demanda interpuesta. Notificada la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación. Si a lo dicho añadimos que de acuerdo con lo prevenido en la Ley de Enjuiciamiento Civil corresponde al actor la carga de probar la certeza de los hechos de los que ordinariamente se desprenda, según las normas jurídicas a ellos aplicables, el efecto jurídico correspondiente a sus pretensiones, lo que no aparece cumplido en el supuesto de autos, ya se pretenda calificar la relación negocial como simple compraventa, o como de arrendamiento de obras o servicios, obligado deviene el perecimiento del recurso examinado, sin perjuicio de las acciones de que la demandante pueda considerarse asistida por el impago del cheque antes citado, que ninguna relación consta guardara con la reclamación aquí ejercitada, con la consiguiente confirmación de la resolución combatida. Por lo que se desestimo el recurso de apelación deducido.
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Extracto
Sentencia nº 557/2007 de Audiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª, de 14 de Diciembre 2007
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 9
MADRIDSENTENCIA: 00557/2007 AUDIENCIA PROVINCIALDE MADRIDSección NovenaSENTENCIA NÚMERO:557RECURSO DE APELACIÓN 3/2007ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:D. JOSÉ ANTONIO NODAL DE LA TORRED. JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ VALDÉSD. JUAN ÁNGEL MORENO GARCÍAEn Madrid, a catorce de diciembre de dos mil siete.VISTO...Ver el contenido completo de este documento